Este martes, la Cámara de Diputados y el Senado aprobaron una nueva solicitud del gobierno para extender por 15 días el Estado de Excepción Constitucional de Emergencia en la Macrozona Sur, medida que actualmente rige en la Región de La Araucanía y las provincias de Arauco y del Biobío, en la Región del Biobío.
La nueva prórroga solicitada por el Ejecutivo al Parlamento fue respaldada, primero, por la Cámara Baja por 79 votos a favor, 33 en contra y 24 abstenciones.
Lo propio hizo el Senado durante la tarde, tras visar la iniciativa por 33 votos a favor, 3 en contra y una abstención.
La medida ya tiene más de un año de vigencia la zona, tras ser decretada por el Presidente Gabriel Boric el 16 de mayo de 2022.
Tensión en la Cámara
El debate estuvo marcado por el veto a la Ley de Usurpaciones que el gobierno ingresó el viernes para “mejorar” -desde el punto de vista del Ejecutivo- el proyecto que fue aprobado el 30 de agosto en el Congreso. Esto, debido a las tomas de terreno y ocupaciones ilegales ocurridas desde hace meses en la Macrozona Sur.
Al presentar el veto, la ministra del Interior, Carolina Tohá, utilizó el término “usurpación pacífica”, para definir los casos donde “no hay violencia e intimidación a las personas y tampoco hay violencia en las cosas”. Mismos casos en los que el veto propone que el juez tome la decisión de aplicar una multa o de establecer una pena de cárcel.
Las palabras de la secretaria de Estado fueron rebatidas por diversos parlamentarios que no pertenece al oficialismo y también por el presidente de la Cámara de Diputados, Ricardo Cifuentes (DC), y del Senado, Juan Antonio Coloma (UDI). “Desde mi perspectiva toda usurpación es violenta por naturaleza, porque afecta el derecho de otra persona, entonces no entiendo bien la naturaleza del veto, que lo que busca es hacer estas diferencias que existen -a mi juicio- solo en la mentalidad de quienes diseñaron esta política, porque toda usurpación es violenta”, señaló Cifuentes una vez conocido el veto.
Durante la discusión por la prórroga del Estado de Excepción en la Cámara Baja, la ministra Tohá, pidió la palabra para entregar “más antecedentes del veto, porque me temo que este debate se está dando como reacciones de las reacciones sin leer el veto”. Todo ello en medio de constantes interrupciones de los parlamentarios, donde incluso el presidente de la testera llamó varias veces al orden a la sala y a “mantener la compostura” .
“El veto que presentó el Presidente de la República hace tres cambios, pero dos son sustantivos en los temas que han estado en la discusión. El primero se refiere a sacar todo régimen especial en materia de legítima defensa y detención ciudadana, queda el régimen común de todos los delitos. Y respecto de las penas el veto establece tres condiciones distintas: la primera es la usurpación con violencia e intimidación, en ese caso se mantiene la pena propuesta por el Congreso, no se modifica. En segundo lugar, diferencia la usurpación que genera daño en las cosas, ahí se mantiene la pena privativa de libertad”, explicó la autoridad.
Y agregó que “para la tercera categoría, que existe en la ley actual y no la crea el veto, que es la usurpación no violenta -no se destruyen cosas, no se intimidan personas, no se lesionan personas- se establece una pena que puede ir desde cárcel a multa”.
“El juez tendrá que decidir considerando los siguientes aspectos: si la persona que realiza la usurpación ha realizado usurpaciones previamente, si el predio ha sido usurpado previamente debe preferirse la pena de cárcel, si la persona entrega voluntariamente el bien usurpado o actúa en virtud...”, dijo la titular del Interior antes de ser interrumpida por gritos de algunos parlamentarios en el hemiciclo.
“No tengo ningún problema de no hablar de esto, siempre y cuando nadie hable de esto. Pero si el gobierno es interpelado, tiene derecho a responder”, respondió.
La ministra Tohá retomó su intervención señalando que en la categoría de usurpación no violenta “se le da una indicación al juez, de que considere, para efectos de preferir la multa, los casos en que el bien se restituya voluntariamente o los casos en los que la persona actuó por una necesidad de tipo habitacional. En los tres casos la usurpación es delito, hoy es una falta”.