Expertos de la ONU piden al gobierno de Chile detener “de inmediato” expulsiones colectivas de migrantes
El reporte detalla que el 25 de abril fueron expulsado 55 migrantes venezolanos colectivamente desde el aeropuerto de Iquique. El grupo, según aseguran los expertos de Naciones Unidas, estuvo incomunicado y no tuvo acceso a asistencia legal.
Un grupo de expertos de la oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas llamo al Gobierno de Chile ha detener de inmediato los procesos de expulsiones colectivas de inmigrantes, argumentando que “tienen derecho a una evaluación individual de sus casos, y a quedarse en el país mientras se considera su situación migratoria”, según lo establecen las normas y estándares internacionales de derechos humanos.
“Las deportaciones de migrantes no se pueden llevar a cabo de manera sumaria, sino que requieren una evaluación individual, caso por caso, de sus necesidades de protección internacional, teniendo en cuenta además las consideraciones humanitarias de arraigo, vínculos familiares u otras que puedan existir”, destacó el relator especial sobre los derechos humanos de los migrantes, Felipe González Morales.
Los expertos independientes de la ONU, detallan en su informe que desde febrero, el país ha expulsado cientos de migrantes sin realizar una evaluación individual auténtica de la situación de cada persona y sin poder solicitar protección de acuerdo con el derecho internacional de los DD.HH. y de los refugiados.
En ese sentido, el reporte detalla que el 25 de abril fueron expulsado 55 migrantes venezolanos colectivamente desde el aeropuerto de Iquique. El grupo, según aseguran los expertos de Naciones Unidas, estuvo incomunicado y no tuvo acceso a asistencia legal.
“En ausencia de una evaluación individual de las necesidades de protección y del riesgo de daños irreparables de cada migrante antes de su deportación aumenta el riesgo de que se produzcan nuevas violaciones de los derechos humanos, incluida la del principio de no devolución”, explicó González Morales.
El principio, que recoge la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y en otros tratados internacionales de derechos humanos, se aplica a cualquier tipo de expulsión independientemente de la nacionalidad o la situación migratoria de las personas.
El experto además especificó que, “ña detención por causas de inmigración solo puede justificarse excepcionalmente como medida de último recurso y durante el período de tiempo más corto posible, y debe ajustarse a los principios de necesidad y proporcionalidad en función de las circunstancias individuales de cada caso”.
González Morales también considera “indispensable” que se cumpla “con las garantías del debido proceso” y que se garantice a los migrantes disponer de “acceso efectivo a la justicia” para presentar sus reclamos “contra una orden de deportación”, y que se les permita permanecer en el país “mientras se resuelve el fundamento de estos reclamos”.
Tanto el relator como el Comité sobre Trabajadores Migratorios de la ONU han llamado previamente a los gobiernos a considerar una suspensión temporal de las deportaciones o devoluciones forzadas de migrantes en el contexto de la pandemia, ya que, sin las debidas precauciones de salud y seguridad, pueden poner en peligro a los migrantes.
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