La actual secretaria general de la Universidad Católica, Marisol Peña, fue 12 años ministra del Tribunal Constitucional (TC), nombrada en dos períodos por la Corte Suprema. Durante 2013 y 2014 le tocó presidir esta instancia, siendo la primera mujer en ocupar ese cargo. A menos de un año de haber cesado en sus funciones y a semanas de que el Presidente Sebastián Piñera anunciara una reforma al tribunal para este año, Peña asegura que cualquier cambio no debe darse "como una reacción visceral a sus fallos".
¿Cuántos ministros debería tener el TC?
La práctica de un órgano colegiado, en orden a la adopción de los acuerdos, exige que no sea un órgano demasiado extenso. Por lo tanto, me inclino por nueve miembros, para terminar con lo que en la doctrina se llama el voto de calidad del presidente.
¿Cómo debiese ser el mecanismo para nombrar a los ministros?
En mi caso, fui nombrada dos veces por la Corte Suprema y me parece que este sistema debería replicarse al Ejecutivo y el Congreso. Esto implica abrir un concurso público al cual se presentan todas las personas, independiente de su adscripción política. Estas audiencias son televisadas, de tal manera que la opinión pública pueda formarse una opinión sobre el mérito de los candidatos. En estas audiencias no se les deberían hacer preguntas a los candidatos que signifiquen adelantar un juzgamiento, dado que ese ministro quedaría inmediatamente inhabilitado, porque ya ha emitido una opinión previa.
¿Los recursos de inaplicabilidad deberían permanecer en el TC?
En el año 2005, existe constancia en el debate que la inaplicabilidad no había funcionado bien como mecanismo de control de constitucionalidad de la ley en manos de la Corte Suprema, ya que no entró a conocer la inconstitucionalidad de forma. De tal manera que la tarea de velar por la supremacía de la Constitución quedó incompleta. Con el traspaso de esta competencia al TC, desde el año 2006 hasta la fecha, se ha registrado una gran cantidad de inaplicabilidades, lo que demuestra un enorme depósito de confianza de la ciudadanía en el TC. Entonces, ¿qué antecedentes reales tendríamos hoy para decirle a la ciudadanía que deje de seguir confiando en el TC y vuelva a depositar una confianza en la Suprema? Me parece que no están dados los hechos, fuera de unos berrinches que hacen algunos sectores provenientes del Congreso.
Usted ha planteado aumentar las facultades del TC a tratados internacionales.
Naturalmente. Mi postura es que la reforma al TC debería incluir el control preventivo a los tratados internacionales. Al pasar previamente por el TC, se podrá analizar si existe alguna disposición contraria a la Constitución. Así, el Congreso podría rechazarlo o bien el Presidente formular reservas.
¿Los ministros deberían ser acusables constitucionalmente?
Por ningún motivo. Hay un principio básico conforme al cual el controlado nunca puede controlar al controlador. En consecuencia, ¿cómo podría el TC ejercer su atribución ante las leyes que despacha el Congreso con independencia si existe la posibilidad de que ese órgano legislativo le pase la cuenta cada vez que le enmienda sus resoluciones? Si se pretende que los ministros fallen en forma objetiva, imparcial y que no se dejen llevar por influencias políticas o coyunturales, el tema no pasa por la acusación, pasa por revisar el sistema de nombramiento.
Pero los ministros quedarían en una situación privilegiada.
Reconozco que puede entenderse que los ministros están por sobre el sistema de controles, pero en el fondo no es así, porque están sometidos a la Constitución. Por eso propongo que sean designados por un plazo de cinco años renovables, para que tengan una verdadera rendición de cuentas al cabo de ese periodo.
¿Comparte la visión del presidente de la Corte Suprema, quien dijo que existe una tensión con el TC?
No la comparto. Durante mi experiencia siempre existió un diálogo, un contacto frecuente entre los ministros de ambos órganos. La forma en que hoy día se presenta esta relación no obedece a lo que ha sido la realidad histórica. No creo que nada de lo que esté ocurriendo sea un asunto que no se pueda seguir conversando como históricamente se ha hecho.
¿Quién tiene la última palabra constitucional, el TC o la Tercera Sala Constitucional de la Suprema?
Tanto el TC como la Sala Constitucional de la Corte Suprema tienen la última palabra. Ese es parte del problema. Decir que el TC es el único supremo intérprete de la Constitución sería no interpretar adecuadamente la Constitución.