Mensajes, videos, audios. Todo eso fue clave para que la Fiscalía Regional de La Araucanía fuera reconstruyendo uno de los casos que más impacto generaron en la opinión pública: la violación y abuso sexual de Antonia Barra, joven de 20 años, que en octubre del 2019 se suicidara por lo ocurrido. Su relato, consignado en una serie de audios de WhatsApp a sus amigas, y también a su expareja, apuntaba directamente a Martín Pradenas (30).
Lo importante de la prueba recopilada en la indagatoria, y posteriormente expuesta en el juicio, fue trascendental para la decisión que el sábado comunicó el Tribual Oral en lo Penal de Temuco, el cual resolvió que Pradenas era culpable de cinco delitos de abuso sexual -cometidos contra otras jóvenes- y dos de violación (uno de ellos contra Barra). En la lectura del veredicto, el juez Leonel Torres Labbé -a cargo de la lectura y redacción del fallo- advirtió que la versión de Antonia Barra “trascendió a su existencia física”, en relación a audios que envió a su amiga Consuelo Uribe, ya que estos “constituyeron material probatorio” para dictar el veredicto.
Esto último fue primordial para el fiscal Miguel Rojas, quien estuvo a cargo de las pesquisas, por más de dos años. En entrevista con La Tercera, el persecutor advierte que “independiente de que Antonia, lamentablemente, no estuviera con nosotros, sí contábamos con la narración de los hechos por parte de ella, porque recopilamos una serie de elementos audiovisuales que daban cuenta de eso”.
¿Cómo fue el proceso de recopilación de los antecedentes y a qué conclusión los llevó?
Cuando ya recibimos la denuncia del hecho que afectó a Antonia y, posteriormente los otros hechos que afectaron a otras víctimas, inmediatamente comenzamos a recopilar medios probatorios, y ahí quiero destacar el trabajo del sitio del suceso del suicidio de Antonia, el 13 de octubre de 2019, cuando ya teníamos una conversación vía mensajería de texto donde ella daba cuenta de lo que había pasado en septiembre en Pucón. A partir de eso, ya teníamos una narración de los hechos y, luego con el paso de los días, fuimos recopilando otros antecedentes, en base a testigos y registros de conversaciones de WhatsApp. También fueron muy importante las cámaras que había en las afueras de los distintos locales comerciales por los que pasaron en el trayendo desde la discoteque a la cabaña donde sucedieron los hechos.
¿Qué tipo de audios y videos lograron pesquisar?
Nosotros comenzamos con esta conversación de Antonia con su expareja, en que daba cuenta de los hechos y también ese mismo día se despide de él y su familia. Ese mismo día pide ayuda a una de sus amigas, ese registro también lo tenemos; otra conversación con su expareja, donde sindica directamente como autor del delito a Martín Pradenas. Esa es una conversación de audios que dura cerca de 5 minutos. Además, complementamos la cámara que había en las afueras de un supermercado con la cámara de seguridad del Tribunal de Garantía de Pucón, que era uno de los inmuebles aledaños a la cabaña, el cual da cuenta del caminar tambaleante por parte de Antonia, lo que nos permitía -en términos visuales- poder observar estos atisbos de estado de ebriedad en que se encontraba ella.
¿Cómo llegaron a la conclusión de que el celular de Pradenas no había sido destruido, como señaló su madre?
Junto a la Policía de Investigaciones (PDI) se analizaron los tráficos de llamado y las antenas IMEI, lo que daba cuenta de que el teléfono de Pradenas seguía funcionando aún en 2021, a pesar de que él en su declaración señaló que su mamá lo había roto, lo que fue ratificado por su madre en su oportunidad. Luego del trabajo de análisis logramos dar con el celular, el cual estaba en manos de una persona que no tenía ningún vínculo con la familia de Pradenas, no obteniendo nada relevante en ese aparato, explicado por el paso del tiempo también. Cabe señalar que en nuestra legislación el encubrimiento de parientes no está sancionado.
¿Encontraron archivos borrados intencionalmente en ese teléfono?
Eso no se pudo determinar, a diferencia de los otros dispositivos electrónicos que fueron incautados en su oportunidad, como un computador y un teléfono que el condenado entregó, donde encontramos más de 15 mil archivos borrados desde el computador y el otro celular de Martín Pradenas, además de imágenes pornográficas.
¿Imágenes vinculadas a los casos de abuso y violación por los que se le condenó?
Así es, principalmente en el hecho número 5 (N. de la R: el 24 de noviembre de 2018 ocurrió el primer delito de violación, día en que habría atacado sexualmente a F.V.M.O., de 20 años, aprovechándose de su estado de ebriedad) que daba cuenta de un patrón conductual del condenado.
¿Por ejemplo?
Fotografías en que aparecía exhibiendo un anillo con unas características bastante singulares y después aparecía ese mismo anillo con ropa interior de mujer, cosificando a la mujer y exhibiéndola como un trofeo.
Analizados los audios de Antonia, lo que escribió esos días y lo que le contó a sus cercanos: ¿con qué sensación se queda usted sobre cómo vivió esos días?
Mi impresión y la del equipo investigativo es que Antonia vivió con mucha culpa y mucha vergüenza de lo que le hicieron. El evento que vivió ella fue una experiencia totalmente traumática, un quiebre vital en su vida, por lo que yo la podría calificar como una experiencia desestabilizadora, ese podría ser el concepto. Según lo que nosotros pudimos reconstruir, Antonia era una muchacha bastante reservada, que trataba de no generar problemas y, en ese sentido, con la experiencia que vivió y los sentimientos que se conjugaron, llevaron al lamentable desenlace de su vida.
El patrón delictual de Pradenas y los oscuros días de Antonia
La Fiscalía trabajó con un equipo de la PDI para ir reconstruyendo cada uno de los casos que se le imputaron. A partir de eso, además, pudieron ir configurando el patrón de conducta de Pradenas.
¿Qué puede concluir de Pradenas, a partir de los peritajes sicológicos que se le hicieron?
No se le hizo ningún análisis sicológico.
¿Por qué?
Quisimos hacerlo, se lo propusimos a la defensa, pero se opusieron. Lo mismo el acusado, quien señaló que no estaba dispuesto a realizar entrevista con los peritos a los que le entregamos esta labor. Lo que sí obtuvimos fue un análisis de vinculación de casos que se realizó a través del Departamento del Criminología de la PDI, en Santiago, donde analizando los casos, detectamos un patrón que fue evolucionando en el tiempo, el que comenzó con abusos y terminó en violación.
¿En qué se traduce esta “evolución” que usted señala?
Siempre se trataba de conductas en que había un aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad de las víctimas, dentro de los primeros tres casos, entre 2010 a 2013, se trataba de ataques en que el acusado se sentía seguro, donde nadie lo viera, a través de la fuerza, y aprovechando que ellas quedaban paralizadas, cometía estos delitos. Eso se suma a la inexperiencia sexual de las víctimas -de lo que también se aprovechaba-, por ejemplo, en el primer hecho, la víctima tenía 16 años, y Pradenas, 20; en el hecho dos, lo mismo, y en el hecho tres, la víctima tenía 13 años y el acusado 20.
Desde la defensa se esgrimía el estado de ebriedad de las víctimas...
Sí, en el caso de ellas, estaban bajo los efectos del alcohol, pero, sin perjuicio de eso, y eso también es lo relevante de este caso: el haber consumido alcohol no implicaba un consentimiento anticipado.
Ahí es donde la parte querellante en el caso hace una valoración de que sí se puede fallar en perspectiva de género...
Sí, de todas maneras. Mi conclusión a partir del veredicto que escuchamos ayer, es que los órganos estatales estuvimos a la altura en esta pasada. No solo la Fiscalía, sino que también la PDI y el Servicio Médico Legal (SML), y otros estamentos. Acá no solo se asumió una postura desde el punto de vista jurídico, sino que también el asumir y comprender la perspectiva de género como un insumo para liberarnos de los estereotipos y de superar este imaginario colectivo de cómo son estos delitos y cómo deben comportarse las víctimas. En el ámbito penal, siempre ha sido muy mal visto que frente a un acercamiento de índole sexual, una víctima no haga nada, diciendo “¿cómo pasó esto y no hizo nada?”. En este caso se sacó de foco a la víctima y lo que se comienza a investigar y sancionar es la conducta imputada a Martín Pradenas.