La nueva arista que investiga la Fiscalía Centro Norte surgió de manera inesperada. Tras investigar las causas de la caída del adolescente de 16 años, de iniciales A. J. A. A., desde el Puente Pío Nono hacia la ribera del río Mapocho, la tarde del 2 de octubre, tras una manifestación en Plaza Baquedano, el Ministerio Público no solo identificó -y formalizó- a un carabinero como el responsable del hecho que causó graves fracturas y contusiones en el menor, sino que también detectó el eventual intento de otros policías de encubrir el hecho.
Así, a menos de dos días del incidente, la fiscal de Alta Complejidad Centro Norte, Ximena Chong, formalizó al carabinero Sebastián Zamora Soto (22) en el 7º Juzgado de Garantía de Santiago y le imputó el delito de homicidio frustrado por haberse “abalanzado” contra el estudiante. En la audiencia, llevada a cabo por el magistrado Jaime Fuica, la persecutora exhibió cuatro videos, fotografías y declaraciones con las cuales sustentó su imputación.
Según la fiscal Chong, existió una “actuación dolosa directa” del uniformado, quien “se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos e impulsando de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión y lo hace caer de cabeza hacia el río Mapocho”, detalló. Luego, la persecutora agregó que “el funcionario de Carabineros no realiza ninguna acción orientada a evitar la caída” y junto con el “resto de los funcionarios se retira del lugar”.
En la instancia, además, el Ministerio Público esbozó otro antecedente: la existencia de un “encubrimiento” por parte de otros uniformados. Un hecho desconocido hasta ayer.
De acuerdo con los antecedentes de la fiscalía, la noche del viernes, poco después del incidente que lesionó al menor, la policía uniformada le envió a la PDI una “minuta de entrega de detenido, un acta de información de los derechos del detenido” y tres declaraciones de funcionarios policiales. Una información que, según la fiscal Ximena Chong, “no cuadra” con lo que realmente ocurrió.
Esto, debido a que funcionarios de la 1ª y de la 40º Comisaría de Santiago realizaron cuatro llamadas telefónicas, entre las 21.09 y las 23.30, con los fiscales Centro Norte de turno para decir que el adolescente que había caído, y luego había sido internado en la Clínica Santa María, estaba detenido. Estas comunicaciones y los documentos que, a su vez, quedaron registradas en el sistema Bitácora Web, muestran que los uniformados informaron al Ministerio Público que la víctima había sido “entregada” en dependencias de la 1ª Comisaría y detenida a las 20.40 en la clínica.
Todo eso, asegura la fiscal Chong, resultó ser falso, ya que los médicos tratantes y la enfermera que recibió al joven declararon que el paciente no llegó custodiado por carabineros y no ingresó ningún uniformado al recinto asistencial a realizar un procedimiento.
“La conducta posterior del imputado tiende a mediatizar y derechamente a procurar encubrir como una supuesta detención las circunstancias que rodean al acto homicida”, dijo Chong.
Con esos antecedentes, la Fiscalía Centro Norte decidió ampliar la indagatoria a más carabineros, incluidos otros de mayor rango que el uniformado detenido. Los nuevos delitos indagados corresponden a obstrucción a la investigación, falsificación de documento público y encubrimiento.
Prisión preventiva
En la audiencia realizada ayer, el Ministerio Público planteó que la irrupción de civiles rescatistas “interrumpieron el curso causal homicida”.
Esta situación fue descartada por la defensa del carabinero Zamora, representada por la abogada Nubia Vivanco, quien dijo que su representado actuó “conforme al protocolo institucional de orden público”. La abogada explicó que la acción de Zamora corresponde a “una técnica y táctica policial de persecución y detención” que se entrena y practica en Carabineros". Agregó que su defendido utilizó “la modalidad menos intensa de dicho protocolo, esto es, el uso único y exclusivo de su cuerpo para llevar a afecto un procedimiento de reducción corporal”. Según la defensora afirmó, la víctima tenía calidad de infractora, ya que habría cometido el delito de atentado contra la autoridad, por lo que debió prever que iba a ser perseguido. “El empujón del que han hablado, por regla general no es apto ni idóneo para causar el resultado de muerte”, dijo Vivanco.
Tras oír a la fiscalía y la defensa, el magistrado Fuica calificó el hecho como “de la mayor gravedad”. Según el juez, “tal procedimiento de detención nunca ocurrió” y descartó que el estudiante estuviera cometiendo algún delito: “El adolescente lo que hacía era correr por la vereda poniente”.
A su vez, dijo que la conducta del imputado “a lo menos satisface la concurrencia de dolo eventual”. Por ello, el tribunal decretó su prisión preventiva, tras considerar que la libertad del uniformado representa un peligro para la seguridad de la sociedad. Al mismo tiempo, fijó un plazo de investigación de 120 días y ordenó la prohibición de acercamiento de funcionarios de Carabineros al adolescente. El imputado cumplirá la cautelar en la Subcomisaría de Carabineros de Pudahuel Norte.