Cuando la Fiscalía Nacional dio a conocer el catastro de los casos de abuso sexual al interior de la Iglesia, el lunes reciente, el mensaje del jefe de la Unidad de Delitos Sexuales, Violencia de Género y Derechos Humanos, Luis Torres, fue claro: "Que se investigue con rigurosidad todos los delitos sexuales; que todas las fiscalías del país llamen a denunciar, ya que es la única manera de conocer la información. La instrucción es investigar todas las denuncias, estén o no prescritas".

Con protocolo

En esa ocasión, Torres señaló que el Ministerio Público había elaborado un protocolo exclusivo para abordar en general los casos, el cual, dijo, "tiene por objetivo fortalecer la persecución penal y garantizar una respuesta coherente a las víctimas".

La Tercera tuvo acceso al documento de ocho páginas de uso interno y carácter reservado, que fue enviado hoy vía correo electrónico a cada uno de los fiscales regionales del país, en el que se hace hincapié en un punto que hasta ahora no tiene precedentes, que es la investigación de delitos eventualmente prescritos.

El punto está contenido en el segundo acápite del documento, rotulado "Época de comisión de los hechos", el cual instruye a los persecutores aplicar los lineamientos en la totalidad de casos ingresados al Ministerio Público, "sin límite temporal respecto de la fecha de comisión de las conductas delictivas".

De esta forma, "se establece la necesidad de realizar actividades investigativas y protección de víctimas en toda causa iniciada, postergando la decisión sobre el término por prescripción de la acción penal o incompetencia ante juzgados del crimen o civiles con competencia en estas materias".

La idea es "ejercer de mejor forma la persecución penal, al buscar determinar la comisión de hechos posteriores que sí sean de competencia del actual sistema de justicia penal, o que hayan provocado el efecto de interrumpir la prescripción".

Con esto, las fiscalías podrán rastrear a personas investigadas, hacer cruces de información respecto de lugares donde ejercieron funciones, si eventualmente su nombre se repite en diferentes regiones y si es posible identificar otros hechos que permitan interrumpir la prescripción.

El documento entrega, además, directrices de cómo se realizará la persecución penal. Señala que las investigaciones que la fiscalía inicie de oficio, es decir, por iniciativa del persecutor, deben identificar a las víctimas y que en caso que estas sean "adultas, se requiere que ellas denuncien o ratifiquen los hechos. Si esto no ocurre, no se podrá continuar con la investigación".

Solicitudes al Vaticano

El escrito plantea también cómo hacer los requerimientos de información a Roma, acción que hasta ahora ejercieron las fiscalías Metropolitana Sur, La Araucanía y Valparaíso, los cuales serían enviados la próxima semana a través de la Unidad de Cooperación Internacional de la fiscalía nacional, vía Cancillería.