Fiscalía presentó recursos para revertir arresto domiciliario de Pradenas y sobreseimiento respecto a dos de los hechos investigados en el caso
El fiscal regional, Cristián Paredes, afirmó que "la Fiscalía está con las víctimas, ha acreditado estos hechos y les ha creído en cada uno de los momentos en que han concurrido a nuestras instancias a manifestar lo acontecido".
La Fiscalía de La Araucanía concretó ante la Corte de Apelaciones de Temuco la presentación de dos recursos para revertir las resoluciones del Juzgado de Garantía de la capital regional que negaron la prisión preventiva para Martín Pradenas y que declararon la prescripción de dos de los hechos investigados en el caso que se difundió tras el suicidio de Antonia Barra, joven que acusó haber sido violada por Pradenas el 18 de septiembre de 2019 en Pucón.
Martín Nicolás Ignacio Pradenas Dürr, fue formalizado como autor de una serie de delitos de abuso sexual y violación en contra de cinco mujeres, en ilícitos que se cometieron entre 2010 y 2019 contra afectadas de entre 13 y 21 años y tuvieron lugar en Temuco y en Pucón. La decisión del Juzgado de establecer arresto domiciliario para Pradenas generó diversas protestas feministas en Temuco y el resto del país.
El fiscal regional, Cristián Paredes, afirmó que “esta resolución es errada, no se ajusta a derecho, no se ajusta al mérito del proceso y lo más importante no da crédito a aquello que a nosotros nos parece fundamental: no da credibilidad a las víctimas”.
“La Fiscalía está con las víctimas, ha acreditado estos hechos y les ha creído en cada uno de los momentos en que han concurrido a nuestras instancias a manifestar lo acontecido y por eso hemos formalizado investigación”, agregó Paredes.
El persecutor recalcó que “tenemos una convicción, que los hechos acontecieron en la forma en que las víctimas lo han relatado y por eso esperamos que la Corte de Apelaciones prontamente conozca estos recursos y enmiende estas resoluciones conforme a derecho, disponiendo por un lado la prisión preventiva de Martín Pradenas, y por otro, que los hechos no están prescritos”.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.