Pasadas las 12.20 comenzó la audiencia de control de detención y formalización de un carabinero involucrado en el operativo realizado el miércoles, que terminó con dos menores de edad baleados en un centro colaborador del Sename en la ciudad de Talcahuano, Región del Biobío.
Tras casi seis horas de audiencia, el Juzgado de Garantía de Talcahuano decretó la prisión preventiva del sargento segundo John Mograve Villegas.
“Hubo un grave accionar de un agente del Estado contra otras personas, especialmente contra menores que estaban bajo la cautela del Estado”, señaló la jueza Humilde Silva en momentos que dio a conocer su decisión.
Tras escuchar la solicitud de la defensa de dos meses de plazo de la investigación y de ocho meses pedidos por la Fiscalía, el tiempo determinado por la magistrada para las indagatorias fue de tres meses.
Ayer, la Policía de Investigaciones detuvo al sargento segundo Mograve por el delito de apremios ilegítimos contra menores de edad. El uniformado se encontraba a cargo del operativo y habría utilizado su arma de servicio 9mm para realizar tres disparos.
El hecho ocurrió el miércoles, en medio de un procedimiento policial, en la residencia Carlos Macera, ubicada en la población Diego Portales. En ese lugar, personal del centro solicitó una ambulancia para socorrer a jóvenes que habrían estado en una situación de descompensación.
Según información que maneja el gobierno, “la ambulancia requiere personal policial para entrar, dado que había algunos contextos, aparentemente, de cierta violencia en el interior, y en ese momento, cuando llega Carabineros, hay una situación que se está investigando”.
Por su parte, según explicó la fundación mediante un comunicado, Carabineros llegó al hogar “con la finalidad de apoyar a una ambulancia del Samu para verificar la descompensación de uno de nuestros niños y acompañar su traslado a un centro de salud”.
Producto de los disparos de los efectivos policiales, dos adolescentes, uno de 14 y otro de 17 años, resultaron baleados en sus piernas y fueron derivados posteriormente por personal del Samu hasta el Hospital Las Higueras.
El ministro de Defensa, Hernán Larraín, anunció ayer la presentación de una querella por este hecho. Por su parte, la Defensoría de la Niñez se querelló por los delitos de homicidio frustrado y denegación de auxilio. El INDH hará lo mismo, pero por apremios ilegítimos.
El relato de la fiscalía
En la primera parte de la audiencia, el abogado de la defensa de Mograve pidió que se declarara ilegal la detención del uniformado. El tribunal, tras escuchar al fiscal y la defensa, declaró que la aprehensión fue acorde a la ley.
Ya en la formalización, el fiscal jefe de la Fiscalía de Talcahuano Julián Muñoz relató los hechos ocurridos el miércoles 18.
Señaló que alrededor de las 16.15 horas, Mograve, quien se encuentra en calidad de imputado en esta indagatoria, junto a una compañera, movilizados en bicicletas recibieron una comunicación de Cenco, que indicaba que debían trasladarse hasta el hogar de menores. Esto, dijo el fiscal, debido a que un menor de edad que padece de “discapacidad intelectual y agitación psicomotora se encontraba descompensado”.
Una vez en el lugar, Mograve se involucró en un entrevero verbal con menores, entre ellos con uno de los jóvenes que posteriormente resultó herido a bala. En ese contexto, el imputado les habría manifestado a los menores que “no le importaba si eran ‘cabros chicos’. Que si lo golpeaban, él golpearía”.
Luego de eso, el imputado y el menor de 17 años se habrían trenzado en una riña con golpes de puños, cayendo al suelo y rodando por una pendiente. Tras eso, otros menores les lanzaron piedras y palos al carabinero.
Luego, el uniformado habría ingresado al recinto de menores haciendo disparos al aire. En ese contexto, Mograve habría realizado los disparos a los menores. Habrían sido 3 disparos, dos de los cuales impactaron en los jóvenes, dijo el persecutor.
Muñoz señaló que los hechos descritos configuran los delitos reiterados de apremios ilegítimos y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes en contra de personas menores de edad. En esa línea, el persecutor solicitó la medida cautelar de prisión preventiva.
Asimismo, el fiscal leyó declaraciones del personal de salud que ese día arribó al lugar y enseñó registros audiovisuales que dieron cuenta de la riña que se habría originado previo a los disparos. Los videos no fueron transmitidos en la audiencia público para el resguardo de los menores.
“¿Qué es lo que acabamos de ver en los videos? (...) en la parte final, donde ese verifican los disparos (...), el carabinero no está rodeado. No está rodeado por 8 u 10 personas. Esos tres jóvenes que están frente a él ninguno porta un arma o un elemento contundente. Posteriormente por detrás aparece un cuarto que sí tiene un elemento contundente que es el mismo que se ve en la imagen anterior. No se ve en los videos que el funcionario esté siendo agredido y tampoco que luego de atacar a los menores de edad con su arma de servicio él haya recibido una agresión. Al contrario, ni siquiera tiene que correr al momento en que se retira, él se va caminando. Se le acercan unos menores pero no ocurre nada”, dijo el fiscal.
La abogado querellante señaló: “Carabineros no tiene otras facultades más que ir a un centro cuando se les es requerido... acá hay protocolos que cumplir, no es simplemente responder un llamado... acá son menores de edad, de 12, cuando hablan de la peligrosidad... ¡por favor! estamos hablando de menores de edad que no tienen las característica físicas para causar daños”. Enfatizó que hubo dolo, junto a sumarse a la petición de la fiscalía de prisión preventiva.
La defensa
Por su parte, el defensor Claudio Vigueras se manifestó contrario a la prisión preventiva, y también cuestionó que los hechos constituyeran apremios ilegítimos. Apuntó a un video donde se registraron los hechos. “No nos parece que sea claro para decir que capte el momento que quiere graficar al Ministerio Público”, argumentó. Además, señaló que el peligro inminente al que estaba expuesto el uniformado no necesariamente tiene que ver con peligro de muerte, sino de que cualquier lesión. “Basta el riesgo inminente de atentado contra la integridad física”, dijo el defensor, con el fin de justificar el uso legítimo del arma de fuego por parte del uniformado.
En esa línea, Vigueras se refirió a un ataque que habría sufrido el imputado con un supuesto palo en la cabeza en medio de la riña que se produjo con los menores. Ataque que habría sido protegido por el casco de bicicleta del uniformado. Asimismo, hizo hincapié en el funcionario policial que quedó herido en un brazo debido al golpe de un palo. Sobre esto, apuntó que “si un palo puede quebrar el hueso de un brazo, puede quebrar un cráneo”. Acto seguido, mostró el caso que portaba Mograve en el momento de los hechos, el cual resultó un doblez debido a un golpe.
Además, el profesional argumentó que los disparos del funcionario fueron hacia las piernas, cuando el uniformado se vio atacado. “Cuando estima que no quedaba otro camino dispara a los menores, pero hace una apreciación racional de disparar a las piernas que es una medida disuasiva. ¿En términos de su potencialidad lesiva es grave? claro, por supuesto, pero él dispara, como dicen los funcionarios, en 45 grados, porque es una medida neutralizadora”.
“Lo que se aprecia en la conducta del señor Mograve es el acto de legítima autoridad en que a priori, sin hacer un análisis detallado de los antecedentes, a todos nos va a parecer desproporcionada en una primera mirada. Pero lo que hay que hacer es abandonar esa primera mirada y colocarse en la mirada del funcionario in situ, de lo que le tocó vivir”, expresó la defensa.