La tarde de este martes, ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, se lleva a cabo la audiencia de control de detención y formalización de Hernán Calderón Argandoña, acusado de haber atacado a su padre hace algunos días.
De acuerdo a la formalización realizada por el fiscal Oriente, Omar Mérida, el acusado habría incurrido en cuatro hechos constitutivos de delito.
El persecutor detalló que el primer evento ocurrió el pasado 5 de junio, cuando el acusado se dirigió al domicilio de su padre, extrajo una pistola Glock 9 milímetros y la puso en su pecho, momento en que amenazó con matarlo. La víctima le dijo que disparara, y el acusado efectuó un disparo, cuya bala quedó alojada en el baño.
El día siguiente, el 6 de junio, nuevamente en el domicilio de la víctima, Calderón Argandoña extrajo una cortapluma con la que provocó daños a punturas, lámparas y vestimenta y además hirió a su padre, lo que a juicio del Ministerio Público constituye el delito de Daños y lesiones menos graves en contexto de Violencia Intrafamiliar.
Como tercer hecho, el persecutor indicó que el 11 de agosto, también en el domicilio de su padre, el acusado lo atacó con un cuchillo tipo corvo, lo que le provocó heridas en su mano.
Finalmente la fiscalía afirmó que el 12 de agosto pudo constatarse que el imputado tenía al interior de su domicilio una pistola Glock calibre 9 mm, una escopeta Maverick Modelo 88 calibre 12, 384 cartuchos 9 mm marca MagTech, 9 cartuchos 9 mm marca Luger, 2 cartuchos marcadores calibre 9 milímetros. Dichos elementos fueron encontrados en el domicilio del imputado, pero estaban regisitrados en el domicilio de su padre, lo que de acuerdo al Ministerio Público constituye el delito de tenencia ilegal de armas de fuego y municiones.
Finalmente el tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y decretó la medida cautelar de prisión preventiva contra el imputado.
No obstante, el juzgado realizó algunas salvedades en relación a las acusaciones contra Calderón Argandoña. Por el primer hecho el tribunal estimó que se configuró solo el delito de amenazas en el contexto de Violencia Intrafamiliar, y no el de parricidio en calidad de frustrado. Del mismo modo, se estimó que, en relación al hecho 4, no se encuentra suficientemente configurado el ilícito.
En cuanto al cumplimiento de la medida cautelar, se decretó que la prisión preventiva deberá ser cumplida bajo custodia de Gendarmería. En primer lugar debe ser trasladado a la Clínica el Cedro, en La Reina. Al cabo de una semana, el médico tratante deberá informar su estado, y en caso de estar compensado, deberá ser ingresado al penal de Santiago I.