Sistema frontal: gobierno decreta zona de catástrofe desde la región de Valparaíso hasta el Biobío
La ministra del Interior señaló que la medida permite "recurrir a recursos adicionales".
Tras una nueva reunión del Comité de Gestión del Riesgo de Desastres (Cogrid), en las dependencias del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), la ministra del Interior, Carolina Tohá, entregó un reporte actualizado sobre la situación que afecta las zonas centro-sur del país, debido al intenso sistema frontal que se ha registrado en las últimas horas en la zona centro sur del país.
Tras ello, el gobierno decidió decretar zona de catástrofe desde la región de Valparaíso hasta el Biobío.
“Se ha decidido levantar un decreto de zona de catástrofe en todas las regiones afectadas, desde Valparaíso hasta el Biobío, eso permite que una vez que los recursos de emergencia que están previstos se hayan gastados, se pueda recurrir a recursos adicionales. Y especialmente ayuda a que todos los actores que tienen que colaborar en esta emergencia no tengan ninguna duda de que pueden movilizar los recursos”, señaló la ministra Tohá.
La titular de Interior explicó que “la zona de catástrofe no equivale al estado de excepción, en el sentido de que no se nombra un jefe de la Defensa Nacional y tampoco genera una situación distinta del despliegue de las Fuerzas Armadas, porque se han podido desplegar en todo momento”.
Y que lo que se puede hacer tras decretar zona de catástrofe es “agilizar ciertos procesos administrativos, especialmente después de que los primeros fondos de los que se disponen para atender a al emergencia empiecen a ser insuficientes”.
Cabe recordar que La Constitución establece que los derechos y garantías constitucionales sólo pueden ser afectados bajo “situaciones de excepción”. Estas son: guerra externa o interna, conmoción interior, emergencia y calamidad pública, cuando afecten gravemente el normal desenvolvimiento de las instituciones del Estado.
¿Cuándo se declara el estado de catástrofe?
El estado de catástrofe lo puede decretar el Presidente de la República en caso de calamidad pública. Se puede decretar para todo el país o para una zona determinada, en este caso, entre Valparaíso y Biobío. La Constitución y la Ley N°18.415, Orgánica Constitucional de Estados de Excepción, regulan su aplicación. El Presidente de la República dicta el Estado de Catástrofe mediante decreto supremo, también firmado por los ministros del Interior y de Defensa Nacional.
Comenta
Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.