Una resolución que fija los precios máximos para la atención de las clínicas a los pacientes hospitalizados con coronavirus publicó este miércoles, en el Diario Oficial, el Ministerio de Salud. La determinación se enmarca en la alerta sanitaria emitida por la misma cartera en febrero pasado.
El documento establece que “se hace necesario contar con toda la capacidad de hospitalización pública y privada a precios que descarten cualquier tipo de especulación y que garanticen la transparencia de su financiamiento”.
Se indica que los establecimientos como clínicas que a la fecha tengan convenio con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa), el precio será el fijado en los convenios vigentes en una licitación efectuada en 2018, la que estableció valores por la atención de patologías agudas a través de los denominados “grupos relacionados de diagnóstico” o “paquetes de atención”. En tanto, en el caso de los prestadores que no tienen convenio con Fonasa, el precio máximo será el establecido en esa misma licitación.
También se determinaron los valores a pagar por los pacientes que no están afiliados a Fonasa (de isapres o Fuerzas Armadas) que se atiendan en la red pública (hospitales).
La tabla de valores que Fonasa pagará a las clínicas por los beneficiarios del seguro público depende del grado de complejidad del enfermo. Hay tres niveles. Así, por el “peso relativo 1” (nomenclatura que define a un paciente), el precio a pagar al prestador será como máximo $ 2.150.000; por el “peso relativo 2,5”, será de $ 3.200.000; y un tercer valor corresponde a $ 5.000.000.
Marcelo Mosso, director de Fonasa, explicó que el valor más alto se cancelará al recinto asistencial en caso de que el paciente grave requiera, por ejemplo, una cama crítica y ventilador mecánico por un determinado período, entre otras atenciones. “Esta resolución viene a resolver cuánto se paga y para ello hay que buscar reglas justas en términos de precios; transparentes y que den una situación de homogeneidad amplia”, señaló.
Por otro lado, la resolución establece que los hospitales públicos deben cobrar a los afiliados que no son de Fonasa (isapres y Fuerzas Armadas) un precio por pacientes de “peso relativo 1” de $ 1.953.588; por el “peso 2,5”, $ 2.915.265 y un tercer valor de, $ 4.866.950, es decir, los más graves.
Mosso añadió que “estos aranceles y precios máximos regirán para los afiliados de Fonasa e isapres, siempre que los pacientes con el virus sean derivados desde la Unidad de Gestión Centralizada de Camas del Ministerio de Salud, entidad que tomó el control del sector privado en el marco de la pandemia.
Expertos
El exsuperintendente de Salud y director del Instituto de Salud Pública, Héctor Sánchez, planteó que con esto “Fonasa pagará por una solución integral y completa (...). Las clínicas no podrán cobrar por día cama o por un día en la Unidad de Cuidados Intensivos, lo que obliga a que el privado sea eficiente en su labor y que, en el periodo considerado, la persona sea dada de alta”.
Añadió que así “se resguardan los recursos públicos” en medio de una crisis donde se deberá invertir un presupuesto enorme en salud.
Manuel Inostroza, exsuperintendente de Salud y secretario ejecutivo del consorcio de Universidades de la Salud, agregó que esta modalidad es clave para que los aranceles sean conocidos por los pacientes.
“Y se salvaguarda de que un prestador quiera subir los valores artificialmente, porque se fijan valores tope, lo que es positivo, ya que se preserva el sentido de la alerta sanitaria”, explicó.