Luego de 25 días de juicio, los magistrados Luis Sarmiento, Luis Torres y Patricia Abollado, del Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, desecharon en un fallo unánime la acusación de la fiscalía de esa ciudad que buscaba condenar a los hermanos Benito, Pablo y Ariel Trangol, y a Alfredo Tralcal, por el delito de incendio terrorista.
El Ministerio Público los acusó de quemar el templo evangélico Iglesia del Señor, en Padre las Casas, el 9 de junio de 2016, tras sacar violentamente del recinto religioso a un grupo de mujeres y niños que estaban celebrando el culto.
Según la resolución leída por el juez Sarmiento, la fiscalía "debe precisar que no se acogió la calificación de delito terrorista, en cuanto a la prueba de los requirentes que lo pretendía (debido a que) no proporcionó los elementos necesarios para dicha apreciación, no observándose fundamento para tal requerimiento".
El magistrado, además, destacó que la calificación de carácter terrorista "no era compartida en la presente litis por la representación en juicio por el Estado de Chile, único ente tutelar y responsable directo de la tranquilidad y la paz social que pretende resguardar dicha normativa especial".