La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado por una funcionaria en contra de la PDI por el cobro de $9.598.151 por concepto de licencias médicas otorgadas bajo la denominada Ley Sanna.
En fallo unánime, la Undécima Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la policía civil, al cobrar el subsidio que la funcionaria percibió durante el tiempo que dedicó al cuidado de su hijo enfermo.
El fallo indica que "el trato recibido por la autoridad contratante de la recurrente (PDI), lejos de aplicar el principio de la igualdad, pretendía exigirle el cobro de los subsidios percibidos con ocasión de las licencias otorgadas por la lamentable enfermedad de su hijo menor, en circunstancias que debió ser tratada acorde a las circunstancias del caso, como lo hizo la SUCESO aplicando el ordenamiento jurídico que rige a su respecto, reconociéndole con ello, su actuar de buena fe, un justo error de hecho y la existencia de una situación jurídica consolidada que, al menos, debió haber motivado la espera de la resolución definitiva por parte de la Superintendencia de Seguridad Social antes de adoptar una decisión basada en la fría letra de la ley y no en su correcta aplicación, hecho que a todas luces conculca la garantía en estudio, máxime cuando la autoridad competente se pronunció favorablemente por la recurrente".
LEY SANNA
Esta nueva ley es un seguro obligatorio para los padres y madres trabajadores de niños y niñas afectados por una condición grave de salud, para que puedan ausentarse justificadamente de su trabajo durante un tiempo determinado, "con el objeto de prestarles atención, acompañamiento o cuidado personal, recibiendo durante ese período un subsidio que reemplace total o parcialmente su remuneración o renta mensual".