El Juzgado de Garantía de Cañete desestimó la prisión preventiva para los dos infantes de marina imputados por el homicidio simple de Yordan Llempi Machacán, hecho ocurrido en noviembre de 2021.
El juez Cristian Rosenberg no dio lugar a la medida cautelar solicitada por el fiscal Nelson Vigueras y los querellantes Nelson Miranda y el INDH, en contra del teniente segundo de la Armada Luis Videla Cid y el cabo segundo de la misma institución Ricardo Seguel San Martín.
Ambos son indagados por la muerte del comunero de 23 años ocurrida el 3 de noviembre de 2021, en el marco de un operativo mixto que realizaba la Armada y Carabineros en la ruta P72s, que une Cañete con Tirúa, provincia de Arauco, en la Región del Biobío.
Ahí, según lo expuesto por el Ministerio Público, en el marco de un enfrentamiento con manifestantes armados, funcionarios de la Armada abrieron fuego contra un sector poblado, dando muerte a Llempi Machacán, quien se encontraba en el patio de su vivienda. La defensa de los imputados asegura que el comunero se encontraba armado al momento del incidente.
Cuarta jornada de audiencia
Durante la cuarta jornada de una audiencia que comenzó el miércoles de la semana pasada, el abogado Sergio Contreras en representación de ambos infantes de marina, al concluir sus argumentaciones reforzó la tesis de que los funcionarios de la Armada cumplian órdenes del Estado de Chile y usaron su armamento de manera gradual, bajo la norma de la Regla del Uso de la Fuerza, estando bajo un ataque con armamento automático y fusiles de guerra, con munición similar a la usada por los infantes de marina, basado en informes periciales de la PDI, videos oficiales y algunos obtenidos de medios de comunicación y redes sociales.
Explicó que el tribunal debía entender la legitima defensa, como causal de justificación por el actuar del personal militar al momento del fatal incidente.
El fiscal Nelsón Vigueras, quien solicitó la cautelar de prisión preventiva, mantiene una investigación desde noviembre del año pasado que consta de 4.040 fojas y como pruebas incriminatorias contra los imputados dispone de los videos de las cámaras Go Pro que portaban en sus casos 18 infantes de marina que participaron en el operativo, además de audios. A estas se suman dos cámaras que portaba personal de Control de Orden Público (COP) de Carabineros de Los Álamos, y las imágenes de un dron que usaron los infantes de marina.
De acuerdo con la investigación, el teniente Videla Cid es quién imparte las órdenes a la patrulla, para que disparen en primera instancia balas de salva. Al no lograr que un individiuo que estaba parapetado en un paradero del lugar -quien no permitía el avance de los militares- saliera de su escondite, ordena al cabo Seguel San Martín disparar en cinco oportunidades hacia la parada su fusil calibre 5.56.
En ese momento, un impacto hiere mortalmente a Yordan Llempi, quien se encontraba a una distancia de 115 metros.
El magistrado determinó un plazo de cuatro meses para el cierre de la investigación y los imputados deben permanecer en dependencias de la unidad naval en Talcahuano, a la espera de lo que resuelva la Corte de Apelaciones de Concepción respecto a su libertad, ya que el fiscal Vigueras apeló de manera verbal de la resolución de primera instancia.