Durante la tarde de este martes se dieron a conocer las cifras actualizadas de solicitudes para retener el retiro del 10% de las AFP, en los casos de adeudamiento por pensión alimenticia. Para este segundo retiro, ya se han generado 155.577 solicitudes a los Tribunales de Familia por dicha causa, a nivel nacional.

Al respecto, la vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, recalcó que la parte demandante “obviamente” tiene la “legítima expectativa de ver satisfechas prontamente estas deudas por concepto de pensión alimenticia, la que en algunos casos es de larga data”. Sin embargo, “los tribunales no pueden adoptar una decisión en ese sentido de manera inmediata, automática, pues es necesario respetar las garantías procesales que tienen las partes litigantes”, señaló Chevesich.

En esa línea, la ministra y vocera indicó que “el proceso es largo, complejo y no hay sistemas masivos de tramitación”.

Para el procedimiento, se necesita notificar la liquidación que señala el monto adeudado a cada una de las partes del juicio, es decir, tanto al alimentante como el alimentario. Ambas puede apelar y exigir una revisión, para lo cual tienen un plazo de tres días hábiles.

Lo anterior, -rectifica la ministra Chevesich-,“no significa que puede pasar tiempo porque, además, cualquiera de las partes puede deducir un Recurso de Apelación. Solo entonces, con este proceso terminado, el Tribunal está en condiciones de decretar aquella orden y el pago al administrador de fondo de pensiones”.

Cifras del primer retiro

Asimismo, la vocera de la Corte Suprema presentó los datos correspondientes al primer retiro del 10%, también por motivo de pensión de alimentos.

En total, se han presentado 386.354 solicitudes de retención, se han decretado 307.422 medidas cautelares, han habido 299.688 solicitudes de liquidación, 245.322 liquidaciones realizadas, 135.269 resoluciones de ordena pago y 62.086 pagos realizados por las AFP. Esto último, representando el 16,1% de las solicitudes de retención por concepto del primer retiro de las AFP.

El trámite se puede hacer en línea en www.tramitefacil.pjud.cl