Martes 25 -el que viene-, durante la mañana, en la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago. En esa instancia se revisará un recurso judicial interpuesto por la defensa del exsacerdote Cristián Precht Bañados en contra del Arzobispado de Santiago, que podría generar un escenario hasta ahora no explorado entre el Estado de Chile y la Iglesia Católica.
El asunto tiene una lógica "circular" y desde ya genera incertidumbre, pues el recurso acusa la eventual ilegalidad del proceder de la Iglesia metropolitana y solicita su nulidad. Pero Precht ya no es sacerdote, según un dictamen emanado del mismísimo Vaticano, y que se originó a partir de la indagatoria del Arzobispado de Santiago.
Recurso judicial
El pasado 10 de agosto, el Arzobispado de Santiago emitió un comunicado informando que se envió al Vaticano, a la Congregación para la Doctrina de la Fe, "el resultado de la investigación previa realizada contra el presbítero Cristián Precht Bañados, por antecedentes de eventuales abusos contra menores".
El sacerdote, quien en 2012 ya había sido condenado canónicamente por "conductas abusivas con menores y mayores de edad", comenzó a ser asesorado por el sacerdote Raúl Hasbún, en lo canónico, y por el abogado Luciano Fouillioux, en lo penal. Y en esta última arena interpuso dos recursos.
El primero, un amparo, por considerar que la "fijación de residencia", que determinó el Arzobispado, era ilegal. Y así lo ratificó finalmente la Corte Suprema.
La segunda acción, un recurso de protección, es lo que se verá este martes. Y en él se esgrime que la Iglesia, en la investigación previa, "vulneró con su actuar algunas o todas las garantías constitucionales invocadas a favor de Cristián Precht", en el marco del debido proceso. Y se solicita "por vía de restablecimiento del derecho conculcado, se declare la nulidad del procedimiento Investigación previa".
El problema es que el pasado sábado 15 el Vaticano comunicó la dimisión del estado clerical de Precht. O sea, su expulsión del sacerdocio.
¿Qué pasa si ahora la corte falla a su favor?
El abogado canonista de Voces Católicas, Alejandro Álvarez, separa aguas y sostiene que "en el recurso de protección se invoca el hecho de que se ha vulnerado la garantía de un debido proceso. Sin embargo, si bien la corte puede eventualmente fallar que ese proceso ha sido vulnerado, la jurisdicción de la Iglesia es distinta de la del Estado de Chile. La Iglesia tiene un derecho y jurisdicción propios. Y cuando se trata del sacerdocio, la Iglesia tiene una jurisdicción total e independiente. Por lo tanto, ninguna sentencia judicial la puede obligar a decidir en uno u otro sentido, por ejemplo, respecto de la dimisión de un sacerdote".
El abogado penalista Alfredo Morgado sostiene que "más allá de este caso particular, nadie en nuestro país está por sobre el marco legal que determina la Constitución. Y en ese sentido, los tribunales son contralores de que los procesos e investigaciones de todos los actores sean apegados a cánones también aceptados internacionalmente, de justicia y racionalidad".