El viernes de la semana pasada, cuando la Comisión de Normas Transitorias rechazó una indicación que hacía alusión a los fiscales regionales, de inmediato los persecutores del Ministerio Público comenzaron a preguntarse qué pasaría con los actuales investigadores que encabezan cada una de las 19 fiscalías regionales.
El texto rechazado fue el siguiente: “Los cargos de fiscales regionales en funciones a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución deberán permanecer en el ejercicio de sus cargos por el tiempo que esta establezca, y en caso de que su desempeño se haya extendido por un término superior, deberán cesar de inmediato, no pudiendo ser reelegidos ni postularse nuevamente al mismo cargo”.
La duda se instaló ya que en el borrador de nueva Constitución hay un artículo que establece que los fiscales regionales durarán cuatro años en sus cargos. De los 19 fiscales regionales, hay 14 que llevan más de cuatro años en sus cargos. Por lo tanto, ante la ausencia de una norma transitoria, no existía claridad sobre qué pasaba con esas autoridades del Ministerio Público.
Sin embargo, el fiscal regional de Los Ríos, Juan Agustín Meléndez, asegura a La Tercera que el rechazo a ese transitorio es una señal de que el ánimo de la Convención apunta a no tener que quitar del Ministerio Público casi al 74% de los fiscales regionales. Meléndez junto con la fiscal regional de Ñuble, Nayalet Mansilla, fueron designados para que estuvieran analizando al discusión de la Convención sobre el Ministerio Público.
Las razones, dice Meléndez, van vinculadas con tres normas transitorias que sí fueron aprobadas y que tendrán que ser votadas este jueves por el pleno. Se trata de los artículos que en el informe de la comisión llevan los números 4, 11 y 27. “Si uno hace un análisis de las normas transitorias, viendo su espíritu y su armonía, uno puede concluir que existe una clara intención de la Convención de proponer que exista continuidad de los órganos del Estado y de los servicios, vale decir, que el funcionamiento no se vea alterado mayormente en todo este proceso de instalación de la nueva Constitución. Además, es el mismo espíritu que nos han transmitido expresamente los convencionales”, afirma Meléndez.
Los tres transitorios en cuestión
La primera norma a la que alude el fiscal dice que “los nombramientos relativos a los órganos creados por esta Constitución que se realizarán antes de la instalación del Poder Legislativo serán realizados por el Congreso Nacional en sesión conjunta, y de conformidad con los requisitos establecidos en esta Constitución. En los demás casos, se mantendrán en vigor los procedimientos, quórums, requisitos y los órganos que intervienen en la designación de las autoridades previstas en la Constitución anterior”.
Como el Ministerio Público existe hace más de 20 años, Meléndez interpreta que a ellos les aplicaría la segunda parte de la norma: “Esto viene a solucionar expresamente la problemática sobre cómo se puede nombrar a los futuros fiscales regionales o al fiscal nacional. Es decir, rige el sistema de la Constitución vigente en tanto no se instale el nuevo Poder Legislativo o las asambleas regionales”.
Por lo tanto, cuando el actual fiscal nacional, Jorge Abbott, deje su cargo el 30 de septiembre, al cumplir sus 75 años, su reemplazante será designado con el actual mecanismo, es decir, por el Presidente en base a una quina elaborada por la Corte Suprema y con acuerdo del Senado, adoptado por los dos tercios de sus miembros en ejercicio.
Lo mismo pasaría con los fiscales regionales. Mientras no se instalen las asambleas regionales, que son las que en la nueva Constitución elaborarán las ternas de las cuales el fiscal nacional designará a los futuros jefes de cada Fiscalía Regional, seguirá vigente el actual proceso, que incluye participación de las cortes de Apelaciones.
¿Qué pasará con los fiscales regionales que tengan más de cuatro años en sus cargos? La respuesta, dice Meléndez, la entregaría la norma transitoria número 11. Ese artículo dice que “sin perjuicio de las excepciones contenidas en este capítulo, los nombramientos de los integrantes de órganos e instituciones se actualizarán progresivamente conforme a las disposiciones constitucionales a medida que las actuales autoridades cumplan con sus períodos en curso”.
Esa disposición, agrega Meléndez, además, hay que complementarla con la 27: “Los funcionarios de los servicios u órganos del Estado cuya denominación, organización, funciones o atribuciones sean modificadas por esta Constitución, o los de aquellos que sean modificados o transformados, continuarán desempeñando sus labores, sin solución de continuidad, en los nuevos servicios u órganos públicos establecidos por esta Constitución, según corresponda. El personal de dichos servicios u órganos mantendrá los mismos derechos y obligaciones reconocidos por la ley y sus estatutos a la fecha de vigencia de esta Constitución”.
Pese a que el fiscal Meléndez plantea que siempre es mejor tener una norma específica para el Ministerio Público, estos tres artículos son suficientes y espera que sean aprobados por el pleno este jueves. “Existe una armonía en las normas transitorias que pasarán al pleno que muestra que el espíritu de la Convención es darles continuidad a los servicios, que el funcionamiento de los órganos del Estado no se vea alterado, que primen el buen servicio y el respeto de los derechos de quienes desempeñan la función pública. Así es como nosotros lo vemos y creemos que es la interpretación correcta”, concluye el jefe de Los Ríos.