Luego dos años y un mes de ingresada la reforma de pensiones, este miércoles la iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados y despachada a ley, lo que beneficiará a cerca de 2,8 millones de pensionados.
El proyecto refuerza la institucionalidad de la seguridad previsional, establece el aumento de la Pensión Universal Garantizada (PGU), entre otras medidas detalladas por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, mediante una minuta.
Aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU)
Uno de los puntos destacados de la reforma, es el aumento que establece para la Pensión Garantizada Universal (PGU), la que se elevará hasta los $250 mil, además de acceso al beneficio de los beneficiarios de leyes reparatorias como Retting, Valech y exonerados políticos.
A los seis meses de publicada la ley, el monto se aumentará para los beneficiarios de la PGU que tengan 82 años o más. En el mismo plazo se sumarán los pensionados acogidos a alguna ley reparatoria antes señalada.
A los 18 meses de publicada la ley, recibirán la PGU aumentada y reajustada, quienes tengan 75 años o más.
A los 30 meses de publicada la legislación, se incorporarán las personas de 65 años o más al nuevo monto de la PGU.
Además, se consigna que la PGU seguirá focalizada en los adultos mayores de 65 años o más, pensionados o no, que sean parte del 90% más vulnerable de la población.
El aumento de la PGU, afirman del gobierno, proviene de dineros obtenidos en la Ley de Cumplimiento Tributario.
Además, se establece que, dentro de los cinco primeros años, la PGU solo se reajustará por el Índice de Precios del Consumidor (IPC). Posteriormente se establece un procedimiento para que el Consejo Consultivo Previsional (CCP) y el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) evalúen la suficiencia, impactos en mercado del trabajo e implicancias fiscales de futuros aumentos del monto de la PGU, lo que deberá ser presentado a los ministerios de Hacienda y de Trabajo y Previsión Social.
Nueva cotización y seguro social
Desde el gobierno destacan que actualmente los dineros aportados provienen en su mayoría de los trabajadores, los que cotizan un 10% de sus remuneraciones imponibles, más un 1,5% que pagan los empleadores al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
La reforma del gobierno establece un 7% de cotización adicional para los empleadores. “Con esta nueva cotización de 7% se fortalecerá el ahorro individual, para mejorar las pensiones futuras, y se creará un Seguro Social que entregará beneficios para mejorar las pensiones de los actuales jubilados y compensará a las mujeres por su mayor expectativa de vida”, afirman desde Trabajo y Previsión Social.
En total, los empleadores pagarán un 8,5% (al 1,5% actual se suma el 7% adicional), el que se desglosará en que 4,5% van a ahorro individual de los trabajadores, el que iniciará a los 12 meses de publicada la ley, lo que permitirá aumentar las pensiones. Tiene un plazo de nueve años para las pymes y así salvaguardar la capacidad del empleo.
Un 2,5% van al Seguro Social para contingencias, de invalidez, sobrevivencia y beneficio a mujeres.
Con esto se financiarán las prestaciones habituales del SIS -invalidez y sobrevivencia- y la nueva Compensación a Mujeres por mayor expectativa de vida. El SIS pasará a ser administrado por el Seguro Social.
Otro 1,5% va al Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida, que también será administrado por el Seguro Social, con el que se financiará el beneficio de 0,1 UF por año cotizado.
Este aporte tendrá un tope de 25 años cotizados (2,5 UF). El requisito será de 10 años para las mujeres en la primera década de vigencia y, transcurrido ese plazo, será de 15 años cotizados; para los hombres el requisito de acceso será de 20 años cotizados.
El Beneficio por Año Cotizado se aplicará íntegramente por los primeros 20 años y de modo decreciente por los siguientes 10.
Regulaciones a la industria de previsión social
Entre los aspectos destacados de la reforma de pensiones, también se incluyen una serie de aspectos regulatorios para la industria que maneja el sistema previsional.
Así se establecen espacios e incentivos para que el ingreso de nuevos inversores de fondos de pensiones, lo que supondría efectos sobre la actual concentración de la industria. Con esto, se ampliarán y diversificarán los operadores del sistema para reducir los costos para los afiliados.
Dentro de lo anterior, se fija que estos nuevos inversores pueden ser personas naturales o jurídicas que cumplan una serie de requisitos. Entre estas últimas se encuentran las Sociedades Administradoras Generales de Fondos (AGF) no filiales de bancos, como también las cajas de compensación las que deberán contar con la autorización de la Superintendencia de Pensiones. Las fiscalizaciones las ejercerá la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) o la Superintendencia de Pensiones.
También se establece que las administradoras no podrán pertenecer al mismo grupo empresarial, ni tampoco podrán invertir en activos emitidos o intermediados por las entidades que forman parte de su grupo empresarial. Tampoco podrán ofrecer conjuntamente servicios ajenos a su giro. Ninguna entidad relacionada podrá otorgar beneficios o incentivos para que el afiliado se incorpore.
El Instituto de Previsión Social (IPS) podrá ser requerido por las entidades inversoras para dar las funciones de soporte. Asimismo, se centralizará el sistema de cobranza previsional, a través de una licitación, en la cual podría participar la Tesorería General de la República.
Con la reforma, también se fija que los afiliados pagarán las comisiones por administrar sus fondos en relación a si su fondo de pensiones pierde o gana rentabilidad. Se agrega un sistema de premios y castigos para que los inversores logren mejorar la rentabilidad de los afiliados.
Ahora, cada dos años se licitará al 10% de los afiliados, el que será ganado por el inversor que ofrezca el menor costo en comisiones, que deberá mantener por cinco años. Los nuevos afiliados serán ingresados automáticamente, aunque podrán cambiarse en cualquier momento.
Aumento de ahorros y densidad de la cotización
Con la entrada en vigencia de la reforma de pensiones, uno de los aspectos a modificar será el sistema de multifondos, el cual será reemplazado por un esquema de fondos generacionales, donde cada fondo sigue un esquema de inversión que evoluciona con el correr de los años. Así, el fondo se vuelve menos riesgoso cuando los afiliados se acercan a la edad de retiro laboral.
También se ampliará la cobertura del Seguro de Lagunas Previsionales, incluyendo a beneficiarios del Seguro de Cesantía, los que financian su cobertura mediante Cuentas Individuales de Cesantía (CIC).
Se establece un mecanismo simplificado de cotización para trabajadores independientes que no están obligados, pero que tienen la opción voluntaria de hacerlo. Esto se hará a través de un convenio de pago automático de parte del afiliado con cargo a sus cuentas bancarias, por el plazo de un año renovable automáticamente.
Con esta ley, también se permitirá la cotización solidaria en beneficio de los afiliados voluntarios por parte de cónyuges y familiares cercanos.
Institucionalidad y resguardos en materia fiscal
La reforma de pensiones del Presidente Gabriel Boric también buscó actualizar la actuación de diversas instituciones que participan en el sistema previsional.
Así, se establece que la Superintendencia de Pensiones contará con la asesoría técnica de un Consejo Asesor en materia de licitación de afiliados, con el objetivo de robustecer su funcionamiento.
Además, el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), que administrará el Seguro Social, tendrá una gobernanza que asegure su carácter técnico, la independencia del gobierno de turno y la responsabilidad por el uso transparente y eficiente de los recursos que administrará.
El FAPP tendrá una gobernanza a cargo de un consejo directivo compuesto con cinco integrantes designados por el Presidente de la República previo acuerdo del Senado, quienes durarán 6 años en sus cargos.
El consejo directivo deberá tener el carácter de paritario, donde un sexo no supere en más de uno al otro, y así equilibre sus conocimientos y experiencia para el adecuado cumplimiento de sus funciones y el ejercicio de sus atribuciones de administrador del fondo, en áreas tales como administración de cartera de inversiones, gestión de riesgos, regulación, sistema financiero, sistema de pensiones, macroeconomía u otras relacionadas.
El FAPP realizará estudios actuariales, los que permitirán evaluar la sustentabilidad financiera. El informe respectivo deberá ser enviado al Consejo Fiscal Autónomo y este podrá emitir una opinión sobre los efectos fiscales derivados del estudio actuarial final y sus recomendaciones, advertir riesgos y proponer medidas de mitigación.
“Si ese informe concluyera que, para alguno de los años comprendidos en el estudio, el FAPP no será sustentable, el administrador del Fondo, en un plazo de dos meses, propondrá los ajustes al Seguro Social que sean necesarios para la sustentabilidad y el periodo de implementación de dichos ajustes”, dice la minuta del gobierno.
Con la reforma se fortalece el Consejo Consultivo Previsional (CCP), dándole más recursos, humanos y financieros, lo que permitirá desarrollar sus propias estimaciones y con ello tener independencia en sus análisis, especialmente en el análisis de la suficiencia del valor de la Pensión Garantizada Universal.
En cuanto al rol de la Comisión de Usuarios del sistema de pensiones, se modificará su composición y aumentando la transparencia en el nombramiento de los directores que eligen los inversores de pensiones en las empresas donde invierte dando un rol en ello a la referida comisión.