Hoy ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley que prohíbe el ingreso de móviles a colegios, ya sea celulares o tablet. Pero también el uso de estos por parte de los estudiantes, fuera del establecimiento cuando se realicen actividades pedagógicas o extraprogramáticas
La iniciativa es patrocinada por el diputado Diego Schalper (RN) y Cristina Girardi (PPD), a los que se sumaron además Marisela Santibañez (Ind.), María José Hoffmann (UDI), Jaime Bellolio (UDI) y Loreto Carvajal (PPD).
https://www.latercera.com/nacional/noticia/gobierno-anuncia-consulta-nacional-uso-celulares-colegios/747574/
Acá te presentamos las claves del proyecto de ley:
NADA DE EQUIPOS TERMINALES
La iniciativa define equipo terminal como "todo equipo que interactúa directamente con el estudiante permitiéndole transmitir y/o recibir voz, datos, imágenes, video y/o información de
cualquier naturaleza, a través de las redes de telecomunicaciones y aplicaciones que sobre dicha red se soportan y a cuyo contenido las funcionalidades del equipo permitan acceder, tales como equipos telefónicos móviles, tablets y smartwatch".
LO QUE PROHÍBE
No se puede ingresar ni usar "equipos terminales dentro del establecimiento educacional y fuera de éste, cuando se realicen actividades pedagógicas o extraprogramáticas".
Además, se indica que el establecimiento educacional deberá disponer de un contenedor, clasificador o casillero donde se dejarán los "equipos terminales que ingresen".
LAS EXCEPCIONES
1. Cuando el estudiante posea alguna discapacidad o condición de salud y sea fundamental para su proceso de aprendizaje.
2. Cuando la actividad pedagógica, realizada fuera del establecimiento lo requiera para
el cumplimiento de su fin.
3. Notebooks o similares, sin funcionalidad de telefonía móvil.
4. Cuando la situación de emergencia, catástrofe o desastre así lo requiera.
¿QUIÉN FISCALIZA?
El proyecto dispone que será el director del establecimiento educacional o quien cumpla la función docente-directiva el encargado de establecer los mecanismos de instrucción, vigilancia y supervisión de la prohibición establecida.
SANCIONES
Constituyen infracciones a la ley "el que facilitare, ocultare o hiciere ocultar el ingreso del equipo terminal al establecimiento educacional".
"El que usare el equipo terminal en una actividad pedagógica que no lo requiriere".
"El que usare el equipo terminal en una actividad pedagógica sin contar con la supervisión directa del docente, asistente de la educación o el administrativo que realizare la actividad".