La ley de Identidad de Género ya rige. A partir de este hoy viernes ya se puede realizar efectuar el trámite de cambio de nombre y sexo registral.

De acuerdo al ministro de Justicia, Hernán Larraín, "son muchas personas que tenían situación de discriminación que hoy tienen su nuevo ser. Es un paso fundamental".

"Es un reconocimiento a personas que estaban invisibilizadas y discriminadas, en posiciones abusivas que hacían que su situación estuviera considerada como negativa. Son personas que necesitaban un reconocimiento", agregó Larraín.

Lorena Recabarren, subsecretaria de Derechos Humanos, expresó que "este es un paso importante. Requerimos avanzar en el respeto, en la empatía y no simplemente tolerar, sino comprender lo que otras personas están sintiendo, que en este caso es la identidad de género".

El derecho a la identidad de género "consiste en la facultad de toda persona cuya identidad de género no coincida con su sexo y nombre registral, de solicitar la rectificación de éstos".

De acuerdo a esta misma normativa, la identidad de género es definida como "la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción del nacimiento".

La Fundación Iguales celebró la entrada en vigencia de esta ley. Su presidenta, Alessia Injoque, valoró que "lo más importante es que con esto el Estado reconoce que las personas trans existimos".

"La Ley de Identidad de Identidad de Género reconoce la dignidad en nuestros nombres y la legitimidad de nuestras identidades. Es un avance en igualdad y autonomía, que hace de Chile un país más justo", adicionó Injoque.

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Requisitos y procedimiento

-Los requisitos para solicitar la rectificación administrativa de sexo y nombre de pila son:

  • Ser mayor de edad (18 años)
  • No tener vínculo matrimonial vigente
  • Si el/la solicitante es extranjero/a, debe tener inscrito su nacimiento en Chile y acreditar permanencia definitiva. La rectificación es aplicable solo a los documentos de identidad chilenos.

El procedimiento se efectúa de esta manera:

  1. Se debe reservar hora para la realización de una audiencia especial en cualquier oficina habilitada a lo largo del país.
  2. En la audiencia especial, el o la solicitante debe presentarse junto a dos testigos, quienes declararán que el primero conoce los efectos jurídicos que implica la rectificación de sexo y nombre(s) de pila.
  3. Según si se cumplen con los requisitos legales, el Servicio podrá acoger, rechazar o declarar inadmisible la petición de rectificación.
  4. En caso que la solicitud sea acogida, la persona solicitante podrá obtener un nuevo documento de identidad y viaje, según corresponda.

El procedimiento de cambio de nombre es gratuito. Sin embargo, se debe cancelar el monto correspondiente a la nueva cédula de identidad -con el nombre rectificado- o el pasaporte.

Además, no es necesario haberse sometido a un tratamiento médico o a una intervención de la apariencia física.

Ahora bien, ¿qué pasa con los mayores de 14 años y menores de 18?

  • Deben solicitar la rectificación en un tribunal de familia o de letras (competencia común) junto a los padres.

¿Qué implica el cambio de sexo y de nombre?

  • Ser reconocido(a) e identificado(a) conforme a su identidad de género.
  • Las imágenes, soportes digitales, datos informáticos u otros con que las personas figuren en registros públicos y privados deberán coincidir con su identidad.
  • La rectificación del sexo y nombre de pila no afecta el número de RUN ni tampoco la titularidad de los derechos y obligaciones patrimoniales del o la solicitante, ni los provenientes de las relaciones del derecho de familia.
  • Una vez emitidas la nueva cédula y pasaporte, los documentos anteriores a la rectificación no podrán ser empleados, solicitados o exhibidos bajo ninguna circunstancia.