Ley Emilia: fallecidos por conducción en estado de ebriedad bajan un 57% en siete años

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La Fundación Emilia y el gobierno firmaron un tratado para ayudar a las víctimas de estos accidentes.

A cinco años de que la norma entrara en vigencia, la fundación hace un balance positivo de su implementación. Según los datos de la entidad, en 2018 casi la mitad de los muertos fueron pasajeros del vehículo accidentado.


El 16 de septiembre de 2014 entró en vigencia la Ley Emilia, que sanciona con cárcel efectiva, de al menos un año, a los conductores en estado de ebriedad que generen lesiones graves, gravísimas o la muerte a terceros, y establece como delito la fuga del lugar del accidente o negarse a realizar el alcotest o la alcoholemia.

A casi cinco años de la normativa, la Fundación Emilia -creada luego del accidente causado por un conductor ebrio en que murió Emilia Silva, de nueve meses- dio a conocer un balance que consideran "positivo". La presidenta de la entidad, Carolina Figueroa, indicó que existe una "disminución de fallecidos y lesionados por accidentes causados por personas que manejan en estado de ebriedad".

Según las cifras entregadas por la fundación, las víctimas fatales de este tipo de accidentes han registrado una baja del 57% entre 2011 y 2018, pasando de 348 a 149 casos, según datos obtenidos desde el Ministerio Público.

El organismo tomó como punto de partida de su análisis el 2011, ya que ese año Chile se hizo parte del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020, de la ONU.

"Estas cifras dejan la ley muy bien posicionada en términos internacionales, ya que ninguna normativa en cinco años ha logrado un efecto tan positivo", dijo Figueroa. Agregó que "mantener estos niveles es lo que nos preocupa, porque requiere invertir mayor cantidad de recursos en educación vial, hacer campañas preventivas y de acompañamiento a las víctimas".

Asimismo, resaltaron que durante 2018 casi la mitad (45,6%) de los fallecidos por este tipo de accidente correspondió a los pasajeros del vehículo. En el 32,2%, quien pereció fue el chofer.

Además, informaron que el 66,3% de los fallecidos en 2018 tiene entre 18 años y 40 años, el 75,8% es hombre y el 94,4% de los imputados por este delito es de sexo masculino.

Desde la fundación aclararon que los accidentes viales por alcohol no han bajado, pero sí la cantidad de fallecidos. "Este tipo de siniestros se ha mantenido de manera constante, en un 7% del total de siniestros desde hace 10 años", explicó Figueroa. "Lo que efectivamente ha experimentado una baja significativa es la cantidad de positivos por alcohol en controles de carretera", precisó la presidenta del organismo.

En tanto, la jefa nacional del Programa Apoyo a Víctimas, de la Subsecretaría de Prevención del Delito, Paulina Rodríguez, añadió que "en el último tiempo hemos conseguido condenas ejemplificadoras para victimarios. Con esto esperamos dar una señal a la comunidad de que existe tolerancia cero para quienes conducen en estado de ebriedad o bajo la influencia del alcohol".

Por su parte, Angélica Zelaya, subgerenta de Seguridad Vial de Mutual de Seguridad CChC, dijo que la disminución de víctimas "sin lugar a dudas se debe a múltiples factores gatillados por la Ley

Emilia, que marca un antes y un después en accidentes de tránsito. Antes de ella, los siniestros que involucraban consumo de alcohol estaban normalizados, pero la historia asociada a Emilia fue lo que llevó a los medios de comunicación a abordar la temática de otra manera, convirtiendo este caso tan doloroso en una causa que el país abrazó. Lo anterior fue un facilitador para que esta ley lograra un cambio importante".

El rol del TC

Una de las mayores trabas de la Ley Emilia han sido los recursos de inaplicabilidad de la norma presentados ante el Tribunal Constitucional por los conductores condenados. Ellos apelan a la eventual inconstitucionalidad del Artículo 169 de la Ley de Tránsito, en el cual se materializa la normativa.

En estos casos, los conductores sancionados estiman que en condenas por delitos de mayor gravedad se permite cumplir una pena sustitutiva sin exigir un período de cárcel efectivo; que es "irracional" mantener a una persona privada de liberad durante un año antes de permitirle cumplir una pena sustitutiva, y que esta norma atentaría contra los "principios de proporcionalidad y resocialización", según indican en el Diario Constitucional.

Al respecto, Figueroa afirmó que "en agosto ganamos un caso de reclamo de inaplicabilidad en el TC, así que ya tenemos el argumento para poder revertir los casos que han ingresado al TC durante el año pasado". Según informa la fundación, estos ascendieron a 19 en 2018.

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