Los informes secretos con los que Cooper se convenció de que no había delito y tenía que cerrar el caso Sierra Bella
Tras más de dos años de investigación, el equipo investigador concluyó que no había elementos para avanzar en imputaciones. Se constataron ciertas irregularidades en procedimientos, aunque no fue posible acreditar, por ejemplo, que a los tasadores se les pidió llegar a un precio de manera irregular y que ellos se concertaron para lograrlo.

Más de trecientos son los abultados documentos que componen la carpeta investigativa del caso Sierra Bella, en medio del cual -por poco más de dos años- el fiscal Patricio Cooper pesquisó eventual fraude al Fisco en la fallida adquisición de la exclínica por parte de la Municipalidad de Santiago, cuando era comandada por la comunista Irací Hassler.
Pero a pesar de las querellas y acusaciones públicas que se realizaron durante el proceso, principalmente desde sectores de oposición, la jornada del lunes 26 de mayo el persecutor comunicó al Séptimo Juzgado de Garantía que había decidido cerrar la investigación y que no perseveraría en imputaciones.
Lo anterior, como el mismo Cooper precisó en su escrito, “porque no se han podido reunir los antecedentes necesarios para proseguir con la persecución penal”. Así, pidió al tribunal fijar audiencia para debatir sobre su determinación.
Y es que de acuerdo con diferentes fuentes consultadas por La Tercera, el fiscal llegó a la convicción de que no habían insumos para establecer claramente, por ejemplo, que había un concierto evidente de los tasadores para arribar a un precio, que alguna alta autoridad municipal pudiera solicitarles inflar montos, o que el dueño de la clínica, Felipe Sánchez, se hubiera puesto de acuerdo con alguien de la municipalidad para vender el inmueble por un valor que no correspondía.
De esta forma, quienes conocieron de los análisis realizados por el equipo investigativo, concordaron que “no había suficiente agua en la piscina” para avanzar en una solicitud de formalización. No había estándar para imputar delitos ni menos para solicitar medidas cautelares respecto de quienes hasta la fecha aparecían como imputados.
Seguir insistiendo con diligencias, deslizan quienes están al tanto de las diligencias, se entendía como “estirar” artificialmente la misma. Y eso, no en base a conjeturas o especulaciones, sino que se definió así luego de que la PDI evaluara nuevos informes que daban cuenta de que el estándar para formalizar no existía.
Dichos informes, como pudo constatar este medio, incluyen nuevas declaraciones que prestaron los tres tasadores, donde se refirieron en detalle al grupo creado por Loreto Fernández Albornoz y donde habían sido integrado los tres para compartir antecedentes.
Adicionalmente, se incorporó la declaración de Marcelo Becker, quien denunció a Sánchez por estafa y aseguró que el candidato presidencial Gonzalo Winter estaba implicado en la causa. Aunque no aportó elementos que hicieran cambiar la decisión que Cooper ya había tomado.
Así, en el equipo se selló la definición de que era mejor discutir sobre el cierre, avanzar en una decisión de no perseverar, que eventualmente los implicados pudiesen seguir recurriendo y fueran sobreseídos. De hecho, Sánchez ya lo había intentado sin éxito, pero consiguió un voto de minoría cuando recurrió de apelación ante la Corte de Apelaciones.
Los testimonios clave
“Hola chiquillos, oigan me llamaron y necesito las tasaciones para mañana antes del mediodía, porque hay una reunión super importante, se acercaron más compradores, está la mansa caga y necesitan comprar ahora ya. Entonces, y lo otro es que el precio tiene que ser entre 7.950 y 8.200, como que no 7.800, ya que tiene que ser mucho más cercano a 8.000. Eso, por fa, por fa, por fa, antes del mediodía necesito las tasaciones, y les, voy ahora los correos a los cuales lo tienen que mandar...”.
Esa es la transcripción del audio con el que Loreto Fernández Albornoz, arquitecta y entonces directora de Gestión Urbana de la Corporación para el Desarrollo de Santiago (Cordesan), le dio instrucciones a los tres tasadores que contactó, y que conocía desde antes, para que aceleraran el análisis respecto de la propiedad.
Pero pese a lo alarmante que resultó ese mensaje cuando se conoció, al igual que cuando se supo que compartían un grupo de WhatsApp donde se coordinaban, las explicaciones que los profesionales dieron al respecto fueron consideradas por Cooper.
Elsa Cárcamo indicó: “En relación con el rango de precio comunicado por Loreto Fernández, puedo señalar que es algo habitual que se haga en este rubro, yo lo asocié a un valor esperado por parte de mi mandante. Para mi Loreto era mi jefa en ese momento, ella era quien me había solicitado hacer la tasación, entonces sentía la responsabilidad de seguir sus instrucciones, ya que nadie más de la Municipalidad se contactó conmigo para solicitarme efectuar ese servicio. No obstante, quiero dejar en claro que al momento de recibir esa comunicación por parte Loreto, yo tenía mi tasación avanzada, es más, me tranquilicé al escuchar esos valores porque era mi primera tasación grande y los valores que había determinado se aproximaban”.
“Yo hice mis cálculos de la tasación sola, no mantuve conversaciones con María José y Patricio Gajardo nunca, en el contexto que usted me señala, me guie solamente por lo que ya señalé previamente”, agregó.
Por su parte, Patricio Gajardo, aseveró que el tenía varios reparos sobre el proceso, pero debido a la forma de contratación. Respecto del precio, afirmó que sí consultó, pero sólo para saber qué habían analizado. “Puedo señalar que debe haber sido porque se me olvidó el valor que habíamos analizado antes, por tengo que haberle preguntado a que valor había que llegar en esta tasación”, dijo.
María José Sepúlveda, en tanto, afirmó que sólo tomó la información como un “valor referencial”. “Cuando recibí ese mensaje, en el que me indica “lo otro es que el precio tiene que ser entre 7.950 y 8.200″, yo interpreté que estaba señalando el valor que espera el Cliente, en este caso la Municipalidad de Santiago, cuyo mensaje insisto me fue transmitido por Loreto Fernández, pero desconozco quien le informó a ella ese rango de precio", sinceró.
Loreto Fernández, en tanto, indicó que ella siguió siempre las instrucciones de Luis Mayorga, quien guardó silencio al ser requerido. “Me comunicó que necesitaba las tasaciones urgentes, manifestándome además un precio esperado que estaba entre 7.950 y 8.200, además, éste me comunicó que el precio esperado había cambiado, en relación a un valor que me había trasmitido anteriormente”.
Complementó, igualmente, con que el valor esperado no implicaba, en ningún caso, una obligación para los tasadores. “Lo anterior en ningún caso tenía la intención de dirigir un precio, ni obligar a los tasadores a expresar un valor determinado, sino que responde a un lenguaje propio de la práctica, más aún, cuando las personas que le estaba enviando el mensaje eran mis amigas cercanas, por lo que, todos los que recibieron este comunicado sabían a que me refería, dado que manejan la misma jerga técnica que yo”, sostuvo.
El not sobreseimiento de Sánchez
Dos semanas antes de que el fiscal Cooper decidiera cerrar la indagatoria, la Corte de Apelaciones rechazó alegaciones de la defensa de Felipe Sánchez, liderada por Nelson Salas, para ser sobreseído.
Sin embargo, obtuvo un voto de un ministro que estuvo por acoger sus planteamientos.
“Es menester precisar que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes se desprende que las diligencias investigativas que se encuentran pendientes, dicen relación con hechos que eran conocidos por el ente persecutor desde hace casi dos años a la fecha y que el mérito de estas dice más bien relación con establecer la participación de terceros y no del encartado, sin que se hayan expresado por el ente persecutor argumentos sólidos para justificar la tardanza en la práctica de dichas diligencia, ni la vinculación directa de éstas con el recurrente”, mencionó la ministro (S) Fernando Valderrama.
De la misma forma, precisó que: “No cabe sino concluir que en el marco de la extensa investigación desformalizada desarrollada por el Ministerio Público, no existen antecedentes que permitan atribuir una conducta delictiva al encartado, debiendo consecuencialmente decretarse el sobreseimiento definitivo y parcial".
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