“La familia Miranda está ojo con el acoso en el transporte público”. Así se denomina la campaña que lanzó el gobierno y que busca “visibilizar y desnaturalizar” ese tipo de conductas no sólo en las micros, sino que en todos los espacios públicos.
“Aquí a lo que se está invitando es no solamente a las víctimas a denunciar, no solamente al acosador a terminar con esa conducta que puede llegar a ser un delito, sino que también a situarse como personas que compartimos un mismo espacio y que podemos detener situaciones graves, no necesariamente poniéndonos en riesgo, sino distrayendo, dirigiendo, documentando o en último término denunciando”, señaló Antonia Orellana, ministra de la Mujer y Equidad de Género, durante la presentación.
Desde la entrada en vigencia de la Ley 21.153, que modificó el Código Penal para tipificar el delito de acoso sexual en espacios públicos y sancionarlos, las denuncias se han cuadruplicado: según cifras de Fundación Incidencia y la Fiscalía, de registrarse 297 en 2019, pasaron a haber 1.247 en 2022. Y el primer cuatrimestre de 2023 (enero-abril) sumó 1.050.
“Las cifras del presente año demuestran cómo la tipificación de este delito aportó con su visibilización, permitiendo que las víctimas tuvieran la opción de denunciar. Sin embargo, por supuesto persiste el conflicto de la sanción, ya que el archivo provisional de los casos sobre acoso callejero bordea el 47%, esto se relaciona con la dificultad de esclarecer los hechos y encontrar a las personas denunciadas”, dice Bárbara Villalobos, presidenta y vocera de Fundación Incidencia.
Para Juan Carlos Muñoz, titular de Transportes y Telecomunicaciones, “normalmente las campañas se dirigen al acosado: ‘qué es lo que tienes que hacer’; o al acosador: ‘no lo hagas’ (...). Estamos pidiendo que observemos, solo con observar estamos seguros que vamos a poder generar una acción, un acosador no se puede sentir observado, porque eso lo inhibe respecto de acosar. La invitación también es a generar alguna acción: distraer, a veces lo que uno puede hacer es documentar, dirigirse a la persona que está siendo acosada o al acosador y, de esa manera, romper la situación que está ocurriendo, también lo que se busca es poder dar asistencia en caso que ya haya ocurrido (un acoso) y también difundir”.
La ministra Orellana hizo hincapié en que la campaña está hecha en una forma de invitación y no de interpelación “porque la verdad es que tampoco se pueden hacer generalizaciones etarias. De hecho, la encuesta de Derechos Sexuales y Reproductivos del Estudio del Ministerio de la Mujer de este verano nos muestra, coincidentemente con las cifras del Ministerio de Transportes, que el transporte público no es uno de los lugares en los que las mujeres se sienten más vulneradas, independiente de su edad”.
En 2021, el Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC) realizó el primer estudio nacional “sobre experiencias de violencia sexual en medios de transporte y espacios públicos en Chile”, el que determinó que el 83,8% de los encuestados han sido víctima de acoso en la vía pública, medios de transportes público o privado, en donde son más frecuentes los acosos verbales y visuales, seguidos de los acosos físicos. Además, cifras alarmantes indican que las personas han tenido experiencias de acoso significativo siendo menores de edad (47,6%).
Sobre aquellos acosos vividos en la vía pública, en medios de transporte público o privado, son más frecuentes en personas cuyo sexo registral es mujer. Adicionalmente, el lugar en el cual son más frecuentes los casos de acosos sexuales presenciales es la vía pública (51,6%). Luego figuran los ataques sufridos en un medio de transporte público (43,4%) y en transporte de aplicación (3,3%).
Al ahondar en aquellos casos que sufrieron acoso en la vía pública, se evidencia que el lugar específico del espacio público en el cual suceden estos hechos con mayor frecuencia es en la calle (77,2%). Luego ocurren en el paradero (12,5%), en una plaza (7,3%) y en las ciclovías (1,7%).
En el estudio se visualiza que los medios de transporte más seguros para las personas son aquellos que les permiten movilizarse individualmente como el automóvil (58,7%) y la bicicleta (13,8%), mientras que los más inseguros son el uso de la micro (34,1%) o transitar a pie (19,6%).
Finalmente, dentro de las situaciones de acoso vividas, se menciona con mayor frecuencia sentirse observado morbosamente (96,2%), que les hayan emitido sonidos como silbidos o besos dirigidos sin consentimiento (92,9%) y que una persona haya mencionado comentarios sobre su cuerpo, vestuario o por cómo se ven, sin su consentimiento y haciéndoles sentir incómodo o inseguro (89,4%).
Desde OCAC sostienen que “en particular para los diferentes tipos de transporte se sugiere significativamente mejorar los procesos de selección de conductores y capacitarlos con perspectiva de género. Por otro lado, sobre las medidas que se puedan entregar para compensar a las víctimas de acoso, el apoyo psicológico y/o jurídico es una necesidad urgente”.
“La campaña ‘Familia Miranda’ es muy útil desde la perspectiva de la prevención -continúa Villalobos-. Las mujeres enfrentan graves conflictos a la hora de encontrar redes para denunciar, puesto que el acoso suele ocurrir rápidamente, en el transporte y entre aglomeraciones. Ante esto, potenciar el rol activo de usuarios y usuarias del transporte público en la prevención del acoso callejero es imprescindible, tanto para aplicar la ley como para erradicar la violencia de género en el espacio público”.
La presidenta de Fundación Incidencia añade que “al incentivar a las personas para que estén atentas a hechos de violencia que podamos sufrir las mujeres, implícitamente las incentivamos a otorgar ayuda, contención, protección e incluso imágenes o declaraciones que pueden ser fundamentales para un proceso judicial. Es muy relevante en cuanto a su relación con la ley de acoso callejero”.
Sobre la Ley 21.153
Según la ley promulgada en 2019, comete acoso sexual “el que realiza, en lugares públicos o de libre acceso público, y sin mediar el consentimiento de la víctima, un acto de significación sexual capaz de provocar una situación objetivamente intimidatoria, hostil o humillante, y que no constituya una falta o delito al que se imponga una pena más grave”.
Y esos actos pueden ser de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos o, derechamente, conductas consistentes en acercamientos, persecuciones, actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito.
Las penas, dependiendo del tipo de acoso sexual, van desde los 61 días a 5 años y/o al pago de una multa que va desde 1 a 20 unidades tributarias mensuales ($ 63.326 a $ 1.266.520).
Además, sanciona a aquellas personas que por cualquier medio capten, graben, filmen o fotografíen imágenes, videos, etc., de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual en un lugar público y sin su consentimiento.