Ministerio de Justicia ingresa ley corta que permite cobrar pensiones alimenticias del retiro de 10% de las AFP

Tribunales de Justicia

La iniciativa, ingresada con discusión inmediata, permite que los jueces retengan los fondos simplemente por oficio o a petición de la parte demandante. Otros aspectos novedosos es que instala un mecanismo que permite retener los fondos de quienes figuren en una nómina de deudores que establecerá el poder judicial, y además toda persona que solicite el retiro deberá declarar si tiene o no deudas de alimentos.


Una ley corta que permite agilizar el pago de pensiones de alimentos de los deudores que decidan sacar el 10% de sus fondos de AFP, ingresó el ministerio de Justicia.

Se trata de una iniciativa enviada al Congreso con urgencia de discusión inmediata y que amplía las facultades de los jueces para asegurar la retención de fondos a partir de la introducción de algunas innovaciones.

“Complementariamente a lo que hacen hoy día los tribunales, esta ley autoriza al juez para que, a petición del alimentario, o de su propia iniciativa, cuando sabe la existencia de deuda notificar de inmediato y retener el retiro de esos fondos, si hay deudas pendientes en materia alimentaria”, explicó el ministro de Justicia, Hernán Larraín.

De esta forma, la ley faculta al juez para dictar una resolución que permite asegurar la custodia de los fondos con la simple notificación a la AFP, la cual debe hacerse en un plazo máximo de 24 horas desde el ingreso de solicitud de retención.

Además, la iniciativa instala un mecanismo vigente durante el período en que se permite solicitar el retiro de los fondos previsionales. Este permite retener los fondos de todos los que figuren en una nómina de deudores que enviará mensualmente el Poder Judicial a las AFP.

Finalmente, la ley establece que toda persona que solicite su 10% de los fondos, deberá declarar si tiene o no deudas por concepto de pensiones alimenticias. De tenerlas y no haberlas declarado, la AFP enviará los antecedentes al Ministerio Público, el que podrá perseguir las sanciones legales. “Si tiene deuda, y los retira [los fondos] sin declararlo se expone a graves sanciones”, explicó el ministro Larraín.

El gobierno hizo el anuncio el día después de que el Presidente Sebastián Piñera anunciara en su Cuenta Pública que iba a impulsar la iniciativa.

Pero no es el único proyecto sobre el tema que deberá ver el Congreso. Esta mañana, un grupo transversal de parlamentarios -los senadores Ximena Rincón (DC), Francisco Huenchumilla (DC), Francisco Chahuán (RN), David Sandoval (UDI) y Pedro Araya (Ind)- anunció que presentarán una reforma constitucional que establece la figura de la subrogación, para permitir que acreedores a quienes se les debe dicha pensiones puedan solicitar el 10% directamente a la AFP de los deudores.

Esto, porque en el estado actual, se requiere que el deudor inicie el proceso de retiro de fondos para poder hacer la retención: si nunca lo inicia, no se puede cobrar la deuda. En cambio, la modificación permitiría que al realizarse la solicitud, ésta se autorice directamente, aun cuando no haya solicitud de retiro de fondos por parte de quien tiene la deuda de pensión de alimentos.

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