Mediante un escrito ingresado hoy el abogado Juan Jara, quien representa al mayor (R) Patricio Marín ex jefe de la Unidad de Inteligencia Operativa Especial (UIOE) de Carabineros de Temuco, pidió al Juzgado de Garantía de esa ciudad declararse incompetente en la causa de supuesta manipulación de pruebas en la denominada Operación Huracán.
La estrategia de defensa pretende que el caso en que se indaga la fabricación de pruebas por parte de personal de Carabineros ya no sea investigado por el fiscal regional de Aysén, Carlos Palma, y se envíe la indagatoria a la justicia militar.
Según esboza Jara en el escrito, "se declare la incompetencia reclamada de este Juzgado de Garantía, remitiéndose los antecedentes al órgano jurisdiccional con competencia en lo militar que corresponda acorde al territorio jurisdiccional correspondiente".
Para la defensa del retirado oficial de Carabineros - investigado como uno de los principales autores de la fabricación de pruebas al alero de la Ley de Inteligencia- la Constitución establece que "los órganos del Estado actúan válidamente previa investidura regular de sus integrantes, dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley, consagrando el principio de juridicidad constitucional, regulando dicho precepto que toda contravención al mismo acarrea la nulidad de los actos que se ejecuten en contravención a este precepto constitucional".
En esa orden de ideas, Marín quien tiene calidad de imputado por obstrucción a la investigación y falsificación de instrumentos públicos cita artículos del Código de Justicia Militar que señala que "tienen jurisdicción sobre los chilenos y extranjeros, para juzgar todos los asuntos de la jurisdicción militar que sobrevengan en el territorio nacional, respecto de delitos cometidos por militares en el ejercicio de sus funciones o en comisiones del servicio".
El defensor Jara pidió que el tribunal agende una audiencia para discutir su competencia, debido al fuero que existiría para los investigados -ex uniformados- en este caso. Aún no hay pronunciamiento del tribunal a quien además de le solicitó suspender el proceso hasta que se resuelva la competencia.
"Desde el aspecto fáctico de las conductas que son investigadas en el marco de esta causa y según lo manifestado en audiencia de fecha 6 de marzo de 2018, y en solicitud de sobreseimiento definitivo efectuada el 8 de marzo de 2018 por el propio fiscal regional Sr. Palma Guerra, tienen su origen en la supuesta falsificación de documentos emanados en el marco de la Ley 19.974 denominada ley de inteligencia, eventual creación de antecedentes inexistentes de información de inteligencia, violación de secretos e hipotética obstrucción a la investigación producto de las conductas antes descritas, todas ellas ejecutadas supuestamente por funcionarios de Carabineros de Chile, negando dicho fiscal que exista algún miembro de la fiscalía que haya ejecutado algún delito"dice el documento.
La jurisprudencia de la Corte Suprema ha establecido que cuando la víctima es un civil las investigaciones quedan radicadas en la justicia ordinaria a pesar que el imputado sea uniformado. En este caso tienen calidad de víctimas, hasta el momento, ocho comuneros mapuche y dos integrantes del Ministerio Público.