Conformar la nueva terna de magistrados del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Temuco que fallarán en el nuevo juicio contra Martín Pradenas no ha sido una tarea fácil para el Poder Judicial. Y es que nuevamente se conoció que otro de los jueces designados para revisar el proceso se inhabilitó por mantener una relación de “amistad” con uno de los abogados defensores del imputado por siete delitos de carácter sexual.
Luego de que la Corte Suprema acogiera el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Pradenas para anular la sentencia en su contra –por considerar falta de imparcialidad en uno de los jueces-, el TOP de Temuco designó como nueva fecha para el proceso el 30 de marzo y 37 días como plazo para su desarrollo.
Designó también a tres nuevos magistrados “imparciales” para revisar las imputaciones en contra de Pradenas. Sin embargo, dos jueces ya han manifestado su incompetencia para participar en el proceso debido a que mantienen alguna de las causales de inhabilidad definidas por la Corte Suprema.
La primera en abstenerse de fallar sobre la causa fue la magistrada Patricia Abollado Vivanco, quien argumentó que quería “evitar una nueva causal de nulidad de juicio, al haber vertido opiniones de Martín Pradenas en sus redes sociales”.
Ahora -y por razones de amistad con uno de los defensores de Martín Pradenas- fue el el magistrado Gabriel González Salazar quien se marginó del nuevo juicio en contra de Pradenas. En un inicio, había sido designado como redactor de la causa.
“En mérito de lo resuelto con fecha 04 de enero 2023, habiendo tomado conocimiento que en estos antecedentes actúa como defensor del acusado Martin Pradenas Durr, el abogado Juan Javier Jara Müller, con quien el suscrito mantiene una estrecho vínculo de amistad, y teniendo presente lo que dispone el artículo 64 N° 6 inciso segundo de la Ley N°19.653, sobre probidad administrativa, la referida circunstancia me inhabilita para entrar en conocimiento de este juicio”, señala el texto ingresado en la causa por González Salazar.
Además, otra de las magistradas -Rocío Pinilla- fue recusada por el abogado defensor Javier Jara Müller, al haber emitido comentarios en sus redes sociales haciendo referencia a la canción del grupo Las Tesis “Un violador en tu Camino”, lo que estaría dando cuenta de su falta de imparcialidad y objetividad según alegó la defensa.
“El juez no es activista, el juez no puede en modo alguno estar emitiendo opiniones en forma pública, aunque esté en red o un chat privado; no puede estar emitiendo su opinión aunque la tenga, amenaza el principio de objetividad”, protestó Javier Jara Müller.
Pese a lo anterior, el abogado Jara reconoció que “uno puede tener cierta afinidad o posición política o afinidad con ciertos colectivos, pero eso le impide juzgar con objetividad a un imputado o varios, quiere decir que yo no estoy habilitado para juzgar”.
Una vez solucionado el problema de encontrar jueces que no estén inhabilitados, se conformará una nuevoa terna para integrar el Tribunal Oral en lo Penal, donde con las mismas pruebas, pericias, testigos del juicio anterior, se espera obtener un veredicto que deje conformes a los intervinientes de uno de los casos más emblemático por su notoriedad pública y mediática, como el de la joven estudiante Antonia Barra Parra (23).