PDI recibió 390 denuncias por viralización de videos íntimos sin consentimiento
En medio de la discusión legislativa, para establecer esta práctica como un delito específico, la policía civil realizó un catastro. El 83% de los afectados son mujeres.
Cuando aparece un video en WhatsApp, generalmente este demora más en descargarse que en viralizarse. Sobre todo los registros de carácter sexual que involucran a personajes conocidos. Un ejemplo claro es lo que les ocurrió, en julio de 2018, a los modelos Patricio Laguna y Yanina Halabi, producto de imágenes que circularon por internet sin su autorización.
El caso de la pareja, sin embargo, está lejos de ser el único. Terminó siendo una de las 391 denuncias que la PDI recibió entre 2017 y 2018, según pudo establecer la Jefatura Nacional Contra Delitos Sexuales, a raíz de un estudio que hicieron para la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados. En esta instancia se discute actualmente un proyecto de ley, presentado por las diputadas Maya Fernández (PS) y Maite Orsini (RD), para tipificar como delito la publicación de registros íntimos sin el consentimiento de los implicados.
Fórmula actual
La legislación vigente solo sanciona el publicar registros, ya sean videos o audios, tomados sin el consentimiento del afectado. Sin embargo, el hecho de quienes graben un video en su relación de pareja, y que este después sea publicado, no está sancionado. Es decir, la difusión de imágenes reales, no trucadas y captadas con la autorización de los intervinientes, pero que después se viraliza por uno de ellos.
Según explicó el comisario del Cibercrimen de la PDI, Cristián González, "la norma hoy en día sanciona las grabaciones de todo tipo, videos o fotografías, que son realizadas sin el consentimiento de la persona afectada. Luego, se penaliza si son difundidas. Pero ¿qué pasa con los videos que se realizan con el consentimiento de ambas partes, en la intimidad de la pareja, y después uno de los dos los difunde? Ese es el vacío legal que hay".
De acuerdo a las estadísticas que maneja la PDI, la mayoría de los denunciantes son mujeres, quienes son identificadas en un 83% como víctimas. Los hombres recurren a la policía por este tipo de conductas en un 17%.
El proyecto de ley pide que se castigue "con la pena de reclusión menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 50 a 500 UTM al que, habiendo obtenido con el consentimiento de otra persona imágenes, textos, grabaciones o audiovisuales de contenido sexual, que sean de aquella, las difunda por cualquier medio sin autorización del afectado".
Parlamentarios
Según la diputada Maite Orsini (FA), "más que nunca, hoy es necesaria esta ley; queremos que nuestros y nuestras jóvenes puedan navegar e interactuar de forma segura. Lamentablemente, hemos sido testigos como sociedad de las consecuencias de la divulgación no consentida de fotografías y videos de carácter sexual, lo que genera humillación y mucha presión".
Para el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN), "el proyecto es muy bueno y lo hemos perfeccionado en la comisión. Debemos crear una cultura de respeto, de que las imágenes que se captan en la privacidad por ningún motivo deben ser publicadas sin consentimiento de todos los involucrados".
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