Polémica sobre casa patrimonial pintada rosada por dueños de local de donas: ¿Qué dice el Consejo de Monumentos?

Cursi Donuts

El recinto fue clausurado por intervenir una casona histórica al pintarla de color rosado e instalar un gran letrero de dona que irrumpía con el pasaje típico, y además no contaba con los permisos correspondientes para intervenir en una zona típica protegida.


Esta semana comenzó una polémica en redes sociales a raíz de una publicación en Instagram del local Cursi Donuts, ahí emplazaban a la Municipalidad de Providencia y al Consejo de Monumentos por “acosarlos durante todo el año porque estamos en zona típica y el color rosado no es parte de sus normativas”.

Bajo esa misma línea, alegaron que “tampoco quieren que volvamos a pintar de la forma original si no que cambiemos cosas que incluso estaban desde antes que llegáramos (como bajar las rejas a 1.20 metros, cuando lógicamente no es seguro) y un montón de arreglos que están fuera de nuestro alcance”.

El local se encuentra ubicado en una declarada zona típica desde 1991. Un barrio patrimonial que se fundó en 1925, en la calle Keller, entre Miguel Claro y Manuel Montt. El sector tiene 98 años de historia, por esto mismo el Consejo de Monumentos tiene la responsabilidad de salvaguardar su legado arquitectónico para la comuna y vecinos.

Por incumplir con la normativa, el recinto fue clausurado por intervenir una casona histórica al pintarla de color rosado e instalar un gran letrero de dona que irrumpía con el pasaje típico, y además no contaba con los permisos correspondientes para realizar cualquier cambio en una zona protegida.

Cursi Donuts clausurado por incumplir la normativa del Consejo de Monumentos.
Cursi Donuts clausurado por incumplir la normativa del Consejo de Monumentos. Instagram.

Carol Vargas, Administración Municipal de Providencia, señaló que “Cursi Donuts modificó la fachada de un inmueble que se encuentra en zona típica de nuestra comuna, sin solicitar los permisos correspondientes al Consejo de Monumentos Nacionales”.

Por su parte, Javier Vergara Petrescu, arquitecto y director ejecutivo de Ciudad Emergente, indicó a La Tercera, que estas intervenciones sin autorización “sientan un precedente de que las ordenanzas y normativas las podemos pasar por alto y cada uno puede hacer lo que quiera, cuando la verdad es que hay un valor en los barrios patrimoniales y es un deber de todos en conservarlos”.

Y agregó que los “barrios declarados como zonas típicas, si son bien manejados y mantenidos, pueden atraer inversión, vida pública, buenos negocios y seguridad. Cuando no las manejamos bien y privilegiamos el interés particular por sobre el interés colectivo, y cada uno hace y deshace a su antojo, ponemos en riesgo ese valor cultural”.

Normativa para intervención en zona típica

Para llevar a cabo un proyecto de intervención, este debe ser presentado ante el Consejo de Monumentos Nacionales, en concordancia con la regulación municipal vigente, para posterior revisión y autorización. Asimismo, deberá ser tramitado ante la Dirección de Obras Municipales de la comuna.

Lo cierto es que, ningún elemento puede ser intervenido sin autorización, incluso la normativa detalla que se sujetarán al reglamento de esta ley “los anuncios, avisos o carteles, los estacionamientos de automóviles y expendio de gasolina y lubricantes, los hilos telegráficos o telefónicos y, en general, las instalaciones eléctricas, los quioscos, postes, locales o cualesquiera otras construcciones, ya sean permanentes o provisionales”.

CALLE KELLER EN EL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE CALLES AVENIDA MANUEL MONTT Y LUIS BARROS VALDÉS
Consejo de Monumentos. CALLE KELLER EN EL SECTOR COMPRENDIDO ENTRE CALLES AVENIDA MANUEL MONTT Y LUIS BARROS VALDÉS

La normativa también precisa que “la señalética urbana, publicidad y señalización de todo tipo, deberán en todo momento respetar los valores y atributos identificados para la zona típica o pintoresca en donde serán emplazados y guardarán armonía con su escala. Lo anterior debe ser considerado para la instalación de avisos, afiches o carteles de cualquier tipo en muros, pilares y ventanales o vidrieras”.

Y prohíbe estrictamente que “no se podrá pintar con marcas publicitarias las fachadas de un inmueble ubicado dentro de una zona típica o pintoresca”.

De iniciar cualquier intervención sin autorización “se denunciarán como obra nueva ante el juez de letras en lo civil. Lo anterior no impedirá la aplicación de las sanciones que la ley estime”.

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