
¿Por qué la Corte dejó en libertad (nuevamente) a Cathy Barriga?
Tras fallo unánime, la exalcaldesa de Maipú quedó con arresto domiciliario nocturno. "La función cautelar no puede ser confundida con la fase de juzgamiento", aseguraron los jueces.

Por cuarta vez, la exalcaldesa de Maipú Cathy Barriga, quien está siendo investigada por varios delitos de corrupción, saldrá de la cárcel luego de que un tribunal cambiara la medida de prisión preventiva bajo la cual se ha mantenido por varios meses.
En esta ocasión, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago se pronunció en favor de la solicitud que hizo su abogado Cristóbal Bonacic, quien apeló contra el fallo del 9° Juzgado de Garantía de Santiago que, el pasado 2 de abril, rechazó su solicitud de modificar la medida cautelar que estaba cumpliendo en la Cárcel de San Miguel.
En fallo unánime, el ministro Juan Cristóbal Mera Muñoz, el ministro subrogante Luis Avilés Mellado y la abogada integrante Catalina Infante Correa acogieron los argumentos de los abogados de Barriga, quien pasará de permanecer en la Cárcel de San Miguel a un arresto domiciliario nocturno. Se trata de la medida cautelar más laxa bajo la cual se ha mantenido la exmodelo desde que fuera formalizada en enero de 2024, por delitos reiterados de fraude al fisco y falsificación de instrumento público.
Desde ese entonces, la exbailarina, que este miércoles cumplió 52 años, ha entrado a ese recinto penal en cuatro ocasiones (una en noviembre, dos en diciembre y otra en febrero).

Los argumentos de la corte
En sus argumentos, estampados en un fallo de dos páginas, los magistrados recalcaron en que hay diferencias entre la etapa de investigación y la fase de cumplimiento de pena.
“La función cautelar no puede ser confundida con la fase de juzgamiento, esta última bajo un juicio retrospectivo, que decide entre dos opciones, culpable o inocente, y la primera bajo un razonamiento prospectivo, dentro de una multiplicidad de opciones, que incluye diversas medidas cautelares, y que protege los fines del procedimiento, siendo una de ellos asegurar que la fase de juzgamiento se desarrolle”, dice el texto en un primer párrafo.
En ese sentido, se añade: “Conforme a lo anterior, más allá de los presupuestos materiales de los ilícitos imputados, no se observa desde el punto de vista de la necesidad de cautela por qué la prisión preventiva es la única medida cautelar que asegura los fines del procedimiento, que es la pregunta que debe ser contestada conforme a la injerencia reglada en la garantía de la libertad”.
Por último, los jueces valoraron que Barriga cumplió con las medidas cautelares anteriores a la prisión preventiva y que su presentación a la cárcel fue de manera voluntaria. “La circunstancia de haberse cumplido las medidas cautelares distintas a la prisión preventiva que tuvo la imputada en su oportunidad, la presentación voluntaria inmediata frente a la resolución que revoca tales cautelares sustituyéndola por la prisión preventiva, demuestra que la medida de prisión preventiva no es la única que puede cubrir los fines del procedimiento, los que pueden ser perfectamente cubiertos con las medidas del artículo 155 del Código Procesal Penal”.

¿Podría volver a la cárcel?
Sin embargo, su actual presente judicial podría volver a cambiar. El 15 de abril volverá a ser formalizada por otros dos delitos, malversación de fondos y negociación incompatible, que le imputa la Fiscalía Oriente.
A la salida de Tribunales, la jefa de asesoría jurídica y vocera de la Fiscalía Oriente, Pamela Valdés, dijo que no descartaba que, para la nueva formalización, la fiscalía pueda volver a pedir prisión preventiva. Valdés afirmó que la corte no cuestionó el fondo de la investigación. “Quedaron firmes los presupuestos materiales, acá no se discutió el fondo. Están acreditados los delitos por lo cuales ella fue formalizada y su participación”.
“Para nosotros lo importante es que es irrefutable el presupuesto material por fraude al fisco y falsificación reiterada”, agregó la abogada del Ministerio Público.
De momento, Barriga deberá mantenerse en su domicilio ubicado en Peñaflor entre las 22.00 y las 6.00. Además, quedó con arraigo nacional y se decretó la prohibición de comunicarse con testigos o imputados de la causa.
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