La presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Nancy Yáñez, se refirió este martes al recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, que ingresó hace diez días el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, con el objetivo de solicitar la suspensión inmediata de las causas de Alto Mando y delitos de lesa humanidad relacionadas con el estallido social.

En el documento, Yáñez solicitó, además, la paralización de su próxima formalización, fijada para el próximo 7 de mayo, lo que ya había sido descartado por el TC.

Considerando que el documento fue acogido a trámite, la titular del organismo explicó que dicho requerimiento se presenta ante el TC cuando una persona “estima que un determinado precepto podría generar efectos inconstitucionales. Nosotros lo único que hemos hecho es admitir a trámite”.

“¿Qué significa eso? Significa determinar si la persona está actuando conforme a las formalidades que exige el Tribunal Constitucional y ha delimitado los contornos de un conflicto constitucional”, dijo.

Precisó además que los jueces que integran la segunda sala del tribunal de alzada tienen hasta la próxima semana para pronunciarse sobre la admisibilidad, y en caso de ser así “se traba el conflicto constitucional y finalmente el tribunal se puede pronunciar”.

Ricardo Yáñez, general director de Carabineros. Foto: Víctor Huenante / Agencia Uno.

Posterior a aquello y respecto al fondo del recurso, Yáñez detalló que se debe discutir si el conflicto constitucional tiene fundamento. De ser así, la segunda sala lo derivaría de manera “expedita” –según establece la ley- al pleno para la resolución. Pese a ello, los resultados en torno al fondo se conocerían en un plazo que superaría los seis meses y no estaría resuelto antes de la formalización del jefe de Carabineros.

“Son otros diez días para el pronunciamiento y una vez que se recibe los autos (documentos) quedan en estado de relación. En el Tribunal Constitucional hay 150 causas, aproximadamente 140 están hoy día en el rol de asunto (...) El promedio de tramitación de una causa en el TC durante el presente año es de aproximadamente 200 días. Eso es más o menos lo que se puede demorar”, remarcó.

En caso de que el TC no le dé la razón al general Yáñez, el proceso judicial continuaría su curso normal. Sin embargo, en caso de fallar a favor del requerimiento, la presidenta de la instancia sostuvo que “yo creo que aquí puede prestarse a equívoco. Lo más importante es considerar que en cualquier causa que se tramite ante el Tribunal Constitucional, nosotros tenemos la prerrogativa de suspender o no suspender una causa. En general, lo que hace el Tribunal Constitucional cuando declara que una norma constitucional tiene problemas de constitucionalidad, la saca del sistema y por lo tanto el tribunal no puede aportar”.

30/11/2022 FOTOGRAFIAS A NANCY YAÑEZ, PRESIDENTA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL FOTO: MARIO TELLEZ / LA TERCERA

Críticas por eventual sesgo político en fallos

Cada vez puede predecir con mayor exactitud los resultados de ese tribunal y eso tiene que ver por su composición”, fue la crítica que declaró el 22 de marzo el senador y presidente de la UDI, Javier Macaya, concerniente con el fallo emitido por el pleno del TC, al acoger el requerimiento que hizo un grupo de senadores oficialistas, dejando sin efecto la mutualización aprobada previamente en el proyecto de ley corta de isapres.

Referida a estos reproches que abordan un eventual sesgo político en las resoluciones de los magistrados que integran el órgano, Yáñez enfatizó que “es súper importante ser muy certero con esas afirmaciones”, asegurando que los jueces fallan “exclusivamente por razones jurídicas”.

“El TC es un ente cuya conformación está determinada por la participación de los tres poderes del Estado. Por lo tanto, en el nombramiento de los jueces y juezas constitucionales participa el Ejecutivo, el Poder Judicial y el Parlamento. Esto es relevante porque busca representar la pluralidad que configura nuestra comunidad política. (…) No hay que perder de vista que a nosotros nos corresponde hacer una interpretación constitucional y si nosotros no queremos un texto constitucional estático, los jueces constitucionales lo que deben hacer es que ese instrumento esté de acuerdo a las necesidades de la comunidad política en un momento histórico determinado teniendo como base de su fundamento razones jurídicas”, acotó.