La comisión que convocó el gobierno para presentar una propuesta de reforma al Código Procesal Penal discutió en profundidad el control investigativo y el preventivo. Respecto de este último, en el informe que presentó la comisión al Ministerio de Justicia se estableció que parece contrario al Artículo 9 número 7 de la Constitución, norma que hace referencia al "derecho a la libertad personal y a la seguridad individual".
El presidente de dicha comisión, Gabriel Zaliasnik, explica que se propuso cambiar el control preventivo "a todo evento", fijando "un supuesto de aplicación de naturaleza preventiva, consistente en conductas perturbadoras del orden o la seguridad pública". Junto con esto, la idea de la comisión faculta a la policía a "realizar un registro superficial acotado, a fin de evitar peligros contra su seguridad personal", sin autorizar registros "más intensos en ropa, equipaje o vehículo, que son propios de un control investigativo".
Con todo, el abogado afirma que "la propuesta que se ha anunciado de manera aún preliminar no responde a la idea regulativa de la comisión, pues pareciera orientarse a que no solo la facultad de identificar, sino que también de registrar en búsqueda de evidencia, se realiza a mero arbitrio del policía".
"Al equiparar el registro del Código Procesal Penal al sujeto que simplemente va pasando, que hoy puede ser objeto de un control de identidad preventivo, implica tratar a cualquier individuo como un sujeto que da indicios de comisión delictiva, lo que, en mi opinión, puede resultar desproporcionado", concluye Zaliasnik, quien, además, agrega que "esperamos que en el proyecto el gobierno considere estos criterios".