A través de un oficio dirigido a la Cámara de Diputados, con fecha 21 de septiembre de 2017, el actual presidente de la Corte Suprema, Haroldo Brito, junto a los ministros Hugo Dolmetsch -entonces máxima autoridad del Poder Judicial- y Carlos Künsemüller, manifestaron su oposición a la imprescriptibilidad de los delitos sexuales en contra de menores de edad, medida que el jueves el gobierno decidió impulsar mediante un proyecto de ley presentado por senadores de oposición en 2010.

"La determinación de la imprescriptibilidad de estos delitos parece desproporcionada, pudiendo incluso adquirir cierto ribete de inconstitucionalidad al atentar de un modo arbitrario en contra de la garantía de ser juzgado y castigado dentro de un plazo razonable", indicaron los magistrados.

El argumento corresponde a un voto de minoría expresado por los tres supremos, luego de que el pleno del tribunal desechara responder a la consulta de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, dado el plazo que habría transcurrido entre la petición y la respuesta de la Corte. La consulta, que data de agosto de 2016, requería la opinión del Poder Judicial sobre una serie de iniciativas que proponían eliminar la prescripción de estos casos.

Sin embargo, los tres ministros se opusieron a la decisión del pleno, y a través de su voto no solo expresaron su disconformidad por la decisión de forma, sino que también abordaron el fondo del asunto.

Según los jueces, "el primer gran obstáculo es fundamentar por qué una u otra clase de delitos debería tener un tratamiento procesal y penal tan agravado". Ante este punto, se preguntan: "¿Si se justifica la imprescriptibilidad del delito de estupro, por qué no formular también la imprescriptibilidad del incendio que causa la muerte...?".

Además, en el documento destacan que por su naturaleza, "los delitos sexuales, en general, y los abusos en particular, implican importantes problemas probatorios que reformas como la propuesta solo agravarían", insisten los supremos, para quienes "las reglas actualmente vigentes en prescripción respecto de estos delitos, parecieran ser lo suficientemente intensas como para abordar la mayoría de los problemas procesales que se suscitan en la materia".

En la actualidad los delitos simples prescriben en cinco años, mientras aquellos más graves lo hacen en 10 años. En 2007 se aprobó una indicación al Código Penal que permite en algunos casos que la prescripción se inicie cuando la víctima cumple 18 años.

Según indicaron, en este tipo de causas "tienen gran importancia las pruebas y pericias psicológicas, o de credibilidad del relato, lo que sumado a la inexistencia de un plazo perentorio para realizar la investigación y condena criminal, puede provocar un problema procesal que (...) podría ser insalvable".

En este sentido, Brito, Dolmetsch y Künsemüller avalaron que la imprescriptibilidad corresponda solo a crímenes de lesa humanidad, como considera hoy la legislación vigente. Según indicaron, los delitos sexuales contra menores "no se explican en términos políticos como una condición de paz social", a diferencia de las violaciones a los Derechos Humanos.

Ayer, se consultó al Poder Judicial sobre este informe, pero no se obtuvo respuesta al respecto.

En tanto, el Presidente Sebastián Piñera reiteró su convicción en la decisión y enfatizó que el paso del tiempo "no puede ser un elemento que restringe la capacidad de los niños de defenderse y de buscar justicia, y tampoco el tiempo puede ser una herramienta de impunidad".

Resguardo de pruebas

Desde el Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública adhirieron al anuncio realizado el jueves por el Mandatario, no obstante, advirtieron la complejidad de investigar este tipo de hechos en el largo plazo.

"Va a haber dificultades del punto de vista probatorio. Ya nos cuesta investigar delitos sexuales ocurridos hace cuatro o cinco años, imaginen después de 40", indicó Luis Torres, jefe de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Nacional, para quien es fundamental que el proyecto promueva "reglas que aseguren la custodia de la evidencia de carácter indefinida".

El defensor regional metropolitano, Carlos Mora, estima que se debe realizar "una modernización al Servicio Médico Legal, en lo que dice relación al resguardo de evidencia, profesionalizar a los peritos y preocuparse de que los intervinientes del sistema se capaciten en psicología del testimonio".

Retroactividad

En tanto, el ministro del Interior, Andrés Chadwick, indicó que tras el ingreso de la indicación al Congreso, "tenemos que observar elementos técnicos que se tendrán que ver y discutir en la comisiones correspondientes en el Parlamento, para ver si (la imprescriptibilidad) es retroactiva o no retroactiva".

En Radio Cooperativa, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, explicó que no haber incluido la retroactividad, "pese a ser un tema muy discutible", fue porque los delitos "son irretroactivos". "Yo no puedo crear hoy un delito y darle efecto retroactivo, porque si hoy cometo una conducta que mañana es delito, cómo puedo yo saber que me van a condenar por algo que no estaba prohibido", indicó.

Para Cristian Riego, académico de la Universidad Diego Portales, "en materia penal, no se podría hacer una norma retroactiva". En ese sentido, explicó que "no puede haber una ley posterior que lo haga más gravoso, dado que eso pone un obstáculo constitucional importante".