Esta tarde, la titular del Juzgado de Garantía de Collipulli decretó prisión preventiva para los cuatro excarabineros Raúl Ávila, Carlos Alarcón, Braulio Valenzuela y Patricio Sepúlveda, como medida cautelar en la causa por homicidio del joven comunero mapuche Camilo Catrillanca.
En los casos de Ávila y Alarcón, el tribunal estimó que existe "peligro para la seguridad de la sociedad", dado el delito por el cual son acusados. Mientras que para Sepúlveda y Valenzuela, existe sospecha "fundada y grave" de que ambos puedan obstaculizar la investigación.
La magistrado estimó que hay motivos para la calificación de homicidio, pues según los antecedentes, se descartó un ataque previo hacia los efectivos de Carabineros, lo cual deja sin efecto la tesis del enfrentamiento. Además, a partir del informe balístico, Catrillanca fue víctima de un disparo directo, "(los carabineros) tuvieron la intención de provocar la muerte de quienes se encontraban a bordo del tractor", señaló la jueza.
Además, la sentenciadora dio a lugar al cargo de homicidio frustrado en el caso del menor que acompañaba a Catrillanca.
Asimismo, el juzgado aceptó el cargo de obstrucción a la investigación, pues señaló que la primera declaración prestada por los imputados, fue en su calidad de funcioanrios aprehensores, no como imputados, y que en esa ocasión entregaron información falsa, puesto que los efectivos declararon haber sido atacados, cosa que fue descartada por la investigación. También declararon que no portaban cámaras, cuando sí las habían llevado.
La magistrado, aceptando lo planteado por la fiscalía, imputó los delitos de homicidio y homicidio frustrado en calidad de autores al sargento segundo Raúl Ávila y al sargento primero Carlos Alarcón. Mientras que por obstrucción a la investigación, todos fueron imputados, puesto que negaron que había una cámara al momento del procedimiento y entregaron información falsa.
Asimismo, se fijó un plazo de dos meses para la investigación.
"Nos encontramos conformes con la resolución"
El fiscal Cristián Paredes se mostró conforme con la medida cautelar decretada por el tribunal. "El tribunal ha establecido la seriedad de la imputación que estamos formulando. De modo tal, que en esa línea y en ese orden de argumentación, nos encontramos conformes con la resolución", indicó el persecutor.
Consultado por qué se calificó como homicidio simple y no como homicidio calificado, Paredes señaló: "Porque objetivamente en este caso se dan todos los elementos para establecer dolo homicida pero no las circunstancias especiales que permiten calificar este homicidio. Particularmente, algunos querellantes sustentan la circunstancia calificante de alevosía, nosotros sostenemos que no hay ningún elemento -por el momento- para acreditar ello objetivamente, y el tribunal ha compartido los fundamentos que hemos expuesto y así lo ha dejado por sentado en su resolución".
Además, sobre el plazo de dos meses para investigación, dijo: "Nos parece un plazo exiguo".