Quintana ante demanda por muerte de carabinero: "Aclarada mi inocencia, no permitiré que se me siga difamando"
Parlamentario, en un comunicado, se refirió a la acción civil que interpuso la familia del policía fallecido, e insistió en que la investigación del Ministerio Público lo exculpa.
El senador Jaime Quintana se pronunció por la demanda que fue presentada en su contra por el atropello con resultado de muerte del carabinero Jonathan Garrido, en 2015 en la Región de La Araucanía.
En la acción judicial civil, dada a conocer por El Líbero, se sostiene que "no pudiendo la familia del cabo sr. Garrido haber avanzado mayormente en sede penal, no queda otro camino, en su calidad de víctimas que sufrieron perjuicios, que perseguir la responsabilidad civil del senador Quintana".
"Se dijo que yo manejé en estado de ebriedad, que mi licencia de conducir estaba vencida, que el vehículo no tenía documentos, que estaba vencida la revisión técnica, que conducía a exceso de velocidad y que nos dimos a la fuga sin prestar auxilio a la víctima. Todo ello es falso, según consta en el expediente judicial", sostiene Quintana en un comunicado, y agrega: "Como el Alcotest marcó 0,00 G/L se me comunicó que no estaba obligado a practicarme la Alcoholemia. Sin embargo, le solicité al especialista de turno efectuar el examen de igual manera, el que también registró 0,00 gramos por mil".
"Respecto al supuesto exceso de velocidad en que conducía, el informe Nº 31-A-2015 de la SIAT de Carabineros de Chile con fecha 11 de marzo de 2015, es enfático en señalar que en el sitio del suceso se pudo 'determinar que la velocidad del vehículo al momento del impacto' fluctuó 'entre un mínimo de 53 km/h y un máximo de 64 km/h, velocidades inferiores a la máxima permitida en el tramo de ruta, que es de 100 km/h'", asegura Quintana.
En cuanto a la información del Ministerio Público sostiene que "la causa basal del accidente fue la exposición al riesgo por parte del carabinero quien 'motivado por la adopción de un procedimiento policial', ingresó y permaneció 'en la calzada, lugar no destinado para el efecto, sin percatarse de la presencia y proximidad del móvil' que conducía", y recalca que esta indagatoria "concluyó que el cabo Garrido vestía un traje especial de camuflaje para no ser visto y que no portaba chaleco reflectante, de manera que era imposible verlo a esa hora de la noche, más aun habiendo ingresado intempestivamente a mi calzada, en el marco de un procedimiento contra el conductor de un camión que conducía en estado de ebriedad".
"Luego de realizadas todas estas pericias, y ante la claridad de los antecedentes y de mi inocencia, el Ministerio Público tomó la decisión de no perseverar en su investigación, sin haber existido jamás una acusación en mi contra", sostiene en otra parte.
"En relación con la demanda civil presentada al momento de cumplirse el plazo para ello, esta se responderá dentro de los plazos correspondientes una vez notificada, no existiendo elemento alguno que pueda configurar responsabilidad en sede civil, habiéndose ya descartado de plano la responsabilidad penal", expresa en otro punto
"Comprendiendo, por que lo he vivido, el dolor de la familia, no quise referirme antes a estos hechos, y si hoy lo hago es porque todo tiene un límite, y aclarada completamente mi inocencia, no permitiré que se me siga difamando, injuriando, ni calumniando", finaliza.
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