Esta mañana la Corte de Apelaciones de Santiago modificó la medida cautelar decretada contra Juan Salazar Castañeda, imputado por haber puesto a disposición un galpón donde se realizó una fiesta clandestina durante el toque de queda, que reunió a aproximadamente 400 personas.
El hecho causó rechazo transversal por parte de las autoridades sanitarias, debido a la pandemia de Covid-19 que afecta al país, motivo por el que se han prohibido las reuniones sobre 50 personas.
Finalmente Salazar fue formalizado por delitos ocurrido en el marco del artículo 318 del Código Penal, el que tipifica delitos contra la salud pública, motivo por el que en primera instancia, se había decretado la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno en su contra.
No obstante, el imputado no respetó la medida, lo que motivó que finalmente quedara en prisión preventiva, la que fue modificada hoy por parte del tribunal de alzada capitalino.
Al respecto, el abogado asesor de la Unidad de Asesoría Jurídica de la Fiscalía Occidente, Lucas Vargas, sostuvo que “nos parece absolutamente necesaria la prisión preventiva. El imputado no solo ha sido formalizado por cinco delitos del artículo 318 del Código Penal, sino que además vulneró la medida de arresto domiciliario, siendo detenido nuevamente, y dando cuenta de un actuar refractario, contumaz, y de absoluto desprecio por las normas jurídicas”