El 4 de mayo, el 12 de mayo y el 27 de julio de 2020, Carabineros detuvo a Gabriel Morales Morales por transitar por la vía pública en Talca sin salvoconducto. A raíz de estos hechos, el Juzgado de Garantía de esa ciudad lo condenó, el 9 de diciembre del año pasado, a tres penas de 100 días de presidio.
Pero hace pocos días, el 20 de abril de 2021, la Corte Suprema acogió un recurso de nulidad que presentó su defensa e invalidó la sentencia en su contra. A juicio del máximo tribunal del país, las conductas de Morales -referentes a no respetar el toque de queda- no configuran delito alguno. “Los hechos probados por el tribunal no satisfacen la exigencia de peligro, ni concreto ni hipotético, para la salud pública, por cuanto el Ministerio Público no acreditó la exigencia de una generación de riesgo y la sola acción de deambular en la madrugada, por más infractora de normas administrativas reglamentarias y sancionable que resulte a ese tenor, no representó ningún peligro efectivo, ni tampoco hipotético, para la salud pública, ni siquiera en tiempos de pandemia, ya que, por cuanto el toque de queda tiene como finalidad evitar el transitar para precaver reuniones nocturnas de grupos”, dice la resolución judicial.
En este caso, la Suprema despenalizó esta infracción a la restricción nocturna, en el entendido de que cuando las personas no andan en grupos o no se dirigen a fiestas no habría riesgo de afectar la salud pública.
Pero no todos han corrido la misma suerte que este ciudadano. De hecho, la mayoría de los detenidos por infracciones sanitarias no llega a la instancia judicial, menos recurren a la Corte Suprema y, en general, sus casos terminan en multas por parte de los tribunales de garantía a través de procedimientos monitorios.
Por ejemplo, desde marzo de 2020 a marzo de este año han ingresado a la Fiscalía Metropolitana Centro Norte 67.334 casos por infracción al Artículo 318 del Código Penal, el cual sanciona al que “pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad”. De ellos, 54.992 han terminado y la mayoría de estas causas finalizó con multas (46.900). Se registraron, además, 539 suspensiones condicionales del procedimiento, 514 condenas y solo 22 absoluciones. Asimismo, desde el 18 de marzo de 2020 hasta el pasado 23 de abril, en la Fiscalía Metropolitana Occidente se registran 18.426 causas terminadas por infracciones a medidas sanitarias y, de ellas, 14.042 finalizaron con sólo multas.
“En relación al Artículo 318 del Código Penal, la Fiscalía Metropolitana Centro Norte ha privilegiado (...) la solicitud de multas, en este caso 6 UTM que son como $ 300 mil. Mayoritariamente, los jueces de garantía han acogido nuestra pretensión punitiva, pero en muchos casos se suspende el pago de la misma por un periodo de seis meses a la espera de que el infractor no vuelva a cometer la misma infracción”, explicó el fiscal Patricio Cooper.
Asimismo, el investigador señaló que el fallo de la Corte Suprema trata sobre una persona que quebrantó el aislamiento nocturno mientras transitaba solo por la vía pública, “por ende, la posibilidad de generar riesgo para la salud pública no era tal y tampoco fue acreditado por el Ministerio Público”. Sin embargo, explicó que “la gran mayoría de los requerimientos de multas que presentamos a los tribunales se refieren a sujetos que a plena luz del día transitan sin permiso ni justificación razonable por comunas de alta densidad poblacional en el Gran Santiago y, por ende, la situación fáctica es distinta en términos de generación de riesgo respecto del sujeto de Talca al que se refiere la sentencia”.
Sanciones administrativas
Los infractores de medidas sanitarias no solo son perseguidos penalmente. También son fiscalizados vía administrativa. Según las cifras de la Seremi de Salud Metropolitana, desde el 1 de abril de 2020 hasta el 18 de abril de 2021 se han abierto un total de 29.410 sumarios por infracción de medidas sanitarias. De ellos, un 89,5% terminó en una sanción monetaria, es decir, 26.321 procesos.
En cada caso, se analizaron los descargos de los sumariados y luego se determinó la multa. Según lo dispuesto por el Código Sanitario, estas pueden ir desde las 0,1 UTM a 1.000 UTM.
“Existen algunos sumarios donde el hecho constatado no constituye infracción, así como en otros el sumariado logra desvirtuar las imputaciones a través de sus descargos demostrando que no incurrió en una falta a la normativa vigente. Es importante señalar que no siempre la sanción es una multa en dinero, también se contempla la amonestación en caso de verificarse algún incumplimiento menor o que por los descargos realizados logre atenuar la responsabilidad”, explicó la seremi de Salud Metropolitana, Paula Labra.
De acuerdo a la información de la Seremi, la mayoría de los sumarios se registraron en las comunas que cuentan con aduanas sanitarias que sirven para el control de viajeros o traslados interregionales (ver infografía). Estos son los casos de Estación Central (4.299), Pudahuel (2.483), Santiago (2.314), Curacaví (1.797), entre otros.
Además, donde existen funcionarios municipales en comisión de servicio para la Seremi de Salud, también son las comunas donde se han cursado más sumarios, como es el caso de Las Condes, Providencia, Santiago, Vitacura, San Miguel, San Joaquín, Curacaví, Renca, Quilicura, Puente Alto, Peñalolén, Paine, Ñuñoa, Macul, Lo Barnechea, La Pintana, Lampa, Independencia, Huechuraba, Estación Central, Calera de Tango y Colina.
Para la seremi de Salud, estas cifras dan cuenta de que la mayor cantidad de sumarios se cursan en las comunas en que “se fiscaliza constantemente durante varias horas al día. Son lugares donde hay mayor flujo y tránsito de personas” o donde “existe una mayor capacidad de fiscalización, ya que (los funcionarios municipales) conocen el territorio y pueden llegar más rápido a los lugares denunciados”.
En relación a qué tipo de fiscalización se realiza en las comunas que registran la menor cantidad de sumarios, como el caso de María Pinto, Calera de Tango, San Miguel o Alhué, Labra dijo que “se planifican de acuerdo al riesgo epidemiológico de las comunas. No existe un tipo de fiscalización especial en las comunas que registran menos sumarios. En todas las comunas se realizan inspecciones de uso obligatorio de mascarilla, cumplimiento de cuarentena, comercio y desplazamiento”.
Cuando la multa es cursada por la Seremi, el pago debe hacerse en la oficina de recaudación del organismo o vía web a través del portal seremienlinea.minsal.cl, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de notificación. En el caso de que no sea pagada la multa, se envía al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para que este organismo disponga su cobro judicial.
A raíz de reiteradas multas sanitarias impagas, el pasado 14 de abril el intendente metropolitano, Felipe Guevara, convocó al presidente del CDE, Juan Peribonio, y a la seremi de Salud, Paula Labra, para hacer una mesa de trabajo que fortalezca las capacidades operativas en el cobro.
Detenciones por delitos sanitarios en las afueras de la capital
El trabajo de fiscalización de la Seremi de Salud también está acompañado por las labores de Carabineros. En ese sentido, la policía uniformada cuenta con una dotación dedicada a controlar que se respeten las cuarentenas, el toque de queda y también las salidas de Santiago, para controlar el flujo vehicular hacia regiones, desde zonas en que no se pueden realizar viajes interregionales.
Si bien la cantidad de detenidos por infringir medidas sanitarias, desde marzo del año pasado al 18 de marzo de 2021, concentran su número más alto en comunas como Santiago (26.357), Puente Alto (11.667) y La Florida (6.927), la proporcionalidad por número de habitantes aterriza de mejor manera estas cifras. En base a ese cálculo, incorporando la cantidad de personas que residen en cada comuna, son las zonas de Curacaví y El Monte, donde hay mayor porcentaje de arrestos. En la primera, un 9% fue arrestado por infringir medidas sanitarias.
Sin embargo, en Carabineros tienen otra interpretación. Gran parte de las detenciones en Curacaví no se debe a que los residentes sean más infractores, sino que es a esa altura de la Ruta 68 donde se concentran fiscalizaciones. Así lo explicó el jefe de la Zona Metropolitana, general Marcelo Araya: “Hay que distinguir ahí. En esas comunas no es que se tenga un énfasis especial, sino que en determinado horarios y días se hacen más controles por ser una zona que concentra una alta salida de vehículos desde Santiago”.
En total, en la Región Metropolitana se detuvo a 157 mil personas desde que entró en vigencia el estado de excepción. La mayoría de los arrestos (66 mil), según la información policial, se debe al Artículo 318 del Código Penal, el que dice relación con poner el peligro la salud pública por transitar en emergencia sanitaria. En cuanto al toque de queda, los arrestos no superan los seis mil.
El general Araya sostuvo que el 20 de abril de 2021, abocado únicamente a estas fiscalizaciones hubo cerca de mil policías, además de los funcionarios que cumplen sus labores normales en terreno. Además, hemos contado con una ayuda permanente de vecinos y de transeúntes que denuncian las grandes aglomeraciones o si hay gente que está infringiendo disposiciones sanitarias”.