Segunda vuelta de gobernadores regionales: ¿Es feriado irrenunciable el domingo 24 de noviembre?
Las elecciones se llevarán a cabo en 11 regiones del país, donde se tomarán medidas para las personas puedan asistir a votar.
La segunda vuelta de gobernadores regionales se realizará este próximo domingo 24 de noviembre en 11 regiones del país para definir a la autoridad. En esta instancia el voto es obligatorio, por lo que desde el Servicio Electoral (Servel) y el gobierno informaron que ese día tendrá la condición de feriado legal e irrenunciable.
Esto regirá para trabajadores y trabajadores de centros o complejos comerciales, es decir, malls, strip center u otros que sean administrados por una “misma razón social o personalidad jurídica”, estos deberán permanecer cerrado durante el domingo 24 de noviembre.
La medida será implementada desde las 21.00 horas del sábado 23, y terminará a las 6.00 horas del lunes 25. Exceptuando las alteraciones por motivos de rotación en turnos de trabajo.
Sin embargo, este feriado no regirá para todos los trabajadores, son la excepción quienes laboran en comercios, supermercados y establecimientos o tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
En esos casos, a las personas que les corresponda prestar servicios el día de las votaciones, tendrán el derecho de ausentarse de sus labores “durante un lapso mínimo de 3 horas para ejercer su derecho a sufragio o a excusarse, sin descuento remuneracional”.
En caso de no respetar el día feriado legal e irrenunciable, los empleadores se arriesgan a altas multas. El Ministerio del Trabajo hizo un llamado a denunciar los incumplimientos de la normativa que permite a los trabajadores asistir a votar. “Vamos a estar verificando el cumplimiento de esta normativa laboral y recordar a todos los empleadores y empleadoras que las multas pueden llegar a las 60 UTM (más de tres millones de pesos) “, sostuvieron.
El valor de la sanción, puede ser entre los tres ($199.884) y 60 ($3.997.680) Unidad Tributaria Mensual (UTM) -esto considerando que en el mes de noviembre 2024 su valor es de $66.628- dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
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