De acuerdo a la ley, nuestro país cuenta con 5 días correspondientes a feriados irrenunciables, es decir, jornadas en que el trabajador del comercio no puede ejercer su labor, salvo algunas excepciones, como servicentros y farmacias de turno.
Ninguna de estas fechas, sin embargo, corresponden a alguno de los días de Semana Santa.
Así, si bien mañana viernes 15 y el sábado 16 son feriados religiosos, tanto el comercio y como lugares de atención al público funcionarán con normalidad, lo mismo que restaurantes, supermercados y cines.
Según la Ley 19.973, en su artículo 2°, ¿qué días son feriados irrenunciables?:
- Sábado 1 de enero, Año Nuevo.
- Domingo 1 de mayo, Día Nacional del Trabajo.
- Domingo 18 y lunes 19 de septiembre, Fiestas Patrias.
- Domingo, 25 de diciembre, Navidad.
Por otra parte, a nivel aéreo, la Junta Aeronáutica Civil estima que se embarquen desde Santiago más de 260.000 pasajeros, con destino internacional y nacional. De estos, se espera que el 71% de los pasajeros se traslade en rutas nacionales, mientras que el restante 29% se movería en rutas internacionales.