Este miércoles, la Sala del Senado aprobó -en segundo trámite- el proyecto que sanciona el porte injustificado de combustibles para la comisión de atentados.

La iniciartiva obtuvo el respaldo de 31 senadores, y contó con solo dos rechazos, correspondientes a los parlamentarios PC Daniel Núñez y Claudia Pascual.

En concreto, el texto modifica el Código Penal para sancionar el porte injustificado de combustibles aptos para la comisión de atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas durante reuniones en lugares públicos.

Durante la votación, se rechazó una indicación presentada por el senador Iván Flores (DC) que buscaba reincorporar el texto original del proyecto presentado por el Ejecutivo: este sancionaba el hecho como una falta que conllevaba una multa de 10 a 20 UTM.

Sin embargo, tras el paso por la Cámara de Diputados y la Comisión de Seguridad Pública del Senado, el texto tipifica el hecho como un delito en el Código Penal y lo sanciona con presidio menor en su grado mínimo.

Durante el debate, la ministra del Interior, Carolina Tohá, recordó que durante su tramitación en la Cámara “el Ejecutivo hizo dos reparos de constitucionalidad”. Uno de ellos “porque la indicación que se presentó era contraria a las ideas matrices del proyecto”. Esto, en el sentido de que el texto original buscaba crear una falta y el texto aprobado finalmente terminó creando un delito.

En estos términos, el proyecto avanzó a la Cámara para su tercer trámite constitucional.