Sergio Micco y resolución de la Corte de Temuco por procedimiento de la PDI: “Valoramos que la Corte haya acogido el amparo interpuesto por el INDH, a favor de una niña de siete años que fue detenida ilegalmente”
En la resolución del tribunal se expone que el personal de investigaciones "actuó con fuerza desproporcionada e ilegítima y, aún sin ella, vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor”.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), a favor de la niña G.P.C.A., y ordenó a la Policía de Investigaciones abstenerse realizar “cualquier acción arbitraria e ilegal respecto de la niña ya inicializada y de cualquier otro menor, que vulnere los derechos que amparan a todo menor, sometiéndose al estricto cumplimiento de lo establecido en las leyes, en la Constitución Política y los tratados internacionales”.
El organismo hizo la presentación en favor de la hija del comunero Camilo Catrillanca luego que se dieran a conocer imágenes del procedimiento en que funcionarios de la PDI la retienen el pasado 7 de enero, en el marco de un operativo antidrogas al interior de la comunidad mapuche de Temucuicui, en la comuna de Ercilla, el mismo día en que la familia esperaba conocer el veredicto en el juicio contra los carabineros dados de baja que dieron muerte a Catrillanca en noviembre de 2018. La explicación que dieron desde la PDI entonces es que se efectuó la detención de dos mujeres adultas que se encontraban en compañía de la menor, relato que fue respaldado por el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli.
Tras conocerse la decisión de la corte temuquense, el director del INDH, Sergio Micco, se refirió al tema haciendo hincapié en la importancia de que no se repitan hechos como el expuesto. “Valoramos que la Corte haya acogido el amparo interpuesto por el INDH, a favor de una niña de siete años que fue detenida ilegalmente. Sobre todo, el hecho de que establezca que este tipo de procedimiento vulnera los derechos de los niños y niñas, y por eso, no puede volver a ocurrir”, expuso.
El fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada sostuvo que el personal de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI), “actuó con fuerza desproporcionada e ilegítima y, aún sin ella, vulneró los derechos constitucionales a la libertad personal y a la seguridad individual de la menor”. Por ende, infringió la Constitución Política de la República y la Convención sobre los Derechos del Niño”.
El fallo, acogió parcialmente la acción constitucional interpuesta por el INDH en representación de la menor G.P.C.A. –de 7 años de edad–, rechazándola en la parte que accionó en favor de la madre y abuela de la niña, las adultas que la acompañaban, por no encontrarse acreditadas las circunstancias en que ambas fueron detenidas.
La Defensoría de la Niñez, que también realizó una presentación en favor de la menor de edad, valoró también la decisión de la corte. “Como Defensoría de la Niñez estamos muy satisfechos de la resolución de la Corte de Apelaciones de Temuco, acogiendo íntegramente el recurso de amparo que se dedujo por parte de nuestra institución al día siguiente de los hechos”, expresó Patricia Muñoz.
“Es un fallo contundente, es unánime, que acoge todo lo que se solicitó por la Defensoría de la Niñez en el recurso de amparo. Por lo demás, nuestro caso fue deducido en contra del director general de la Policía de Investigaciones de Chile (Héctor Espinosa), además del prefectos jefe de la Zona Araucanía de la policía y de todos los funcionarios que participaron del procedimiento. Y en ese sentido, queda de manifiesto como la corte ha sido contundente en referir como se han vulnerado por la Policía de Investigaciones los derechos constitucionales de esta niña de siete años y queda clarísimo la orden que instruye la corte en términos de que la Policía de Investigaciones de Chile debe abstenerse de realizar cualquier acción que vulnere sus derechos, pero que también pueda vulnerar los derechos de cualquier otra niña, niño o adolescente”, expuso.
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