En el marco del plebiscito constitucional que se está desarrollando este 4 de septiembre, la ciudadanía decidirá si se aprueba o rechaza la propuesta de nueva Constitución emanada de la Convención Constitucional.

Pero ante un escenario aún incierto a esta hora, la pregunta que surge es: ¿Qué pasa si gana el Apruebo?

El proceso está regulado en el artículo 142 de la Carta Fundamental vigente, que establece que luego de la proclamación de los resultados oficiales por parte del Tribunal Calificador de Elecciones, en un plazo de cinco días, el Presidente de la República deberá convocar al Congreso Pleno “para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política de la República”.

El nuevo texto “será publicado en el Diario Oficial dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en vigencia en dicha fecha”, y quedará derogada la actual Constitución.

La nueva Carta Fundamental deberá ser impresa y entregada gratuitamente a colegios, liceos, universidades, bibliotecas, instituciones y organismos del Estado. También se repartirá a jueces y magistrados.