La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $200.000.000 por negligencia en la investigación del homicidio de la profesora estadounidense Erica Hagan, ocurrido en Temuco en 2014 y que no tuvo responsables.
La Tercera Sala del máximo tribunal rechazó un recurso de casación interpuesto por el Consejo de Defensa del Estado contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que señalaba un actuar “negligente” por parte del Ministerio Público.
A su vez, el máximo tribunal ratificó la resolución que estableció falta de servicio de la Policía de Investigaciones y una conducta “injustificadamente errónea y arbitraria" del Ministerio Público en la investigación seguida por el homicidio de la joven sicóloga.
De acuerdo al Poder Judicial, en el fallo la Corte Suprema consideró que "se debe indemnizar la ‘pérdida de chance’ del padre de la víctima, quien debido a los errores y omisiones de los organismos demandados no pudo obtener una sentencia condenatoria y reparatoria por el homicidio de su hija. “(…) luego el arbitrio, bajo este mismo acápite de denuncia, expone que los sentenciadores yerran al atribuir responsabilidad a los demandados no obstante no haberse establecido la existencia de un daño cierto”.
"Esta Corte estima que en el caso del daño por pérdida de la chance, resulta ser que el demandante ha perdido una posibilidad u oportunidad cierta, en el caso sub judice de obtener una sentencia condenatoria o de poder reabrir la investigación a fin de obtener la responsabilidad penal de otro u otros posibles autores del homicidio de su hija, posibilidades que se han visto destruidas por la actuación negligente e injustificadamente errónea de los demandados, y dicha pérdida es cierta al igual que las oportunidades perdidas, lo que amerita su indemnización tal como lo han resuelto los sentenciadores de la instancia”, añade el fallo.
Hagan, de 22 años, fue encontrada muerta al interior del colegio, donde realizaba clases de inglés. Fue hallada con golpes en la cabeza al interior del lugar donde residía. El único imputado por el homicidio fue absuelto en 2015. En ese entonces se mencionó falta de prolijidad en la indagatoria.