El próximo lunes, el Tribunal Constitucional resolverá la pugna entre el gobierno y el Congreso luego de que el Presidente Sebastián Piñera ingresara un requerimiento al organismo buscando que declarara inconstitucional la reforma que permite un segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones presentada por un grupo de parlamentarios de oposición.
Según confirmaron fuentes a La Tercera, la votación en la participarán los ministros María Luisa Brahm -quien preside la instancia-, Iván Aróstica, Juan José Romero, Cristian Letelier y Miguel Ángel Fernández, José Ignacio Vásquez, Gonzalo García, Nelson Pozo, María Pía Silva y Rodrigo Pica está programada para las 10 de la mañana del próximo 21 de diciembre.
Pese a que finalmente el proyecto de segundo retiro del 10% impulsado por la oposición no prosperó y se terminó aprobando la propuesta del Ejecutivo -y los dineros de los afiliados ya se están girando desde sus respectivos fondos de AFP- desde La Moneda buscan que el TC se pronuncie respecto a los proyectos que son presentados por los legisladores sobre temas que son de exclusiva facultad del Mandatario.
Durante la jornada de este viernes, los miembros del pleno escucharon los alegatos en una jornada que se extendió por 4 horas y media en la que expusieron los abogados Gastón Gómez, quien representó al Presidente Sebastián Piñera; Reynaldo Núñez, a nombre de la Cámara de Diputados y Gabriel Osorio, quien intervino por el Senado. Posteriormente realizaron una serie de preguntas a los profesionales, siendo Gómez quien recibió el mayor número de consultas.
Cabe recordar que la semana pasada el tribunal anunció que acogería el requerimiento del gobierno. En esa ocasión hubo empate -a favor estuvieron pero primó el voto dirimente de la presidenta del TC María Luisa Brahm que permitió que éste siguiera adelante. Luego de eso, fue declarado admisible por unanimidad.
Alegatos
El primero en exponer ante el pleno del TC fue el representante del Presidente Sebastián Piñera, Gastón Gómez, expresó que a través de la respuesta que dé el pleno a este requerimiento se van a resolver proyectos que hoy tensionan al Congreso y al gobierno como por ejemplo, el proyecto que permite un retiro de los fondos de las rentas vitalicias; si los impuestos previstos por normas transitorias pueden reponerse de la misma manera; la suspensión de las patentes a través de reformas constitucionales o sobre el proyecto de tercer retiro de los fondos de AFP ingresado al Congreso esta semana por el equipo de la diputada Pamela Jiles (PH).
“Eso es entonces lo que debe resolverse. Deberá resolver también, implícitamente, si es posible que mediante de una norma de reforma constitucional aprobada por 3/5 se varíen las funciones de los órganos de control de este país como Corte Suprema o este Tribunal Constitucional atribuyéndole nuevos ministros o nuevas facultades, lo que podría sonar una exageración, pero no es”, agregó, citando el informe de la Cámara de Diputados.
Gómez también sostuvo que “estamos no sólo resolviendo la cuestión del retiro del 10%. Estamos sentando un precedente que va a encausar seriamente todo este proceso”.
En tanto, el representante del Senado, el abogado Gabriel Osorio llamó al TC a rechazar el requerimiento argumentando que se “ha perdido oportunidad porque no hay un texto de reforma constitucional que se esté discutiendo (…) No sabemos sobre qué texto se está impugnando”.
“Hace 30 años hemos vulnerado la Constitución y recién a través de este procedimiento lo sabemos. Me enteré que cuando al Presidente no le gustan los proyectos hay vulneraciones a las iniciativas exclusivas, y cuando no le incomodan, al menos, no dice nada”, expresó.
Desde la Cámara de Diputados, el abogado Reynaldo Núñez, sostuvo que “la producción de normas jurídicas de rango constitucional, en virtud del texto expreso (…) está permitida tanto al Presidente de la República como a quienes integren algunas de las Cámaras legislativas del Congreso Nacional”.
Respecto al contenido del requerimiento, Núñez aseguró que “el proyecto de reforma constitucional no infringe el derecho a la seguridad social consagrado en el número 18 del artículo 19 de la Carta Fundamental (...) sino que sólo autoriza el retiro de un 10% de los fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual, creando en tal sentido un derecho excepcional y de consumación inmediata a propósito del estado de catástrofe decretado por el Covid-19″.