El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Calama condenó a Andrés Alejandro Navarro Pulgar y a Iltons Ignacio Zambrana Marín a una pena de cinco años de presidio menor en calidad de autores del delito consumado de apremios ilegítimos, tratos crueles, inhumanos y degradables.

Considerando que ambos condenados reunían los requisitos que figuran en el artículo 15 bis de la Ley 18.216, que establece penas sustitutivas, el tribunal cambió la sanción, fijando la libertad vigilada intensiva de los condenados, dejándolos sujetos a un plan de intervención individual por los mismos cinco años.

La condena se relaciona a hechos ocurridos el 9 de febrero de 2021, en la comuna de Calama, cuando la pandemia de coronavirus llevaba ya un año.

En el fallo unánime dado a conocer este miércoles, el tribunal –integrado por los magistrados Rodrigo Cartes Fierro (presidente), Isabel Rojas Torres y Valeria Valiente Vila (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que esa jornada los dos condenados, como funcionarios de Carabineros respondieron a un procedimiento policial tras una denuncia que alertaba sobre una persona que se encontraba tendida en la vía pública y semidesnuda.

“Sonidos de golpes acompañados de quejidos”

La denunciante explicó a los uniformados que se trataba de un hombre que estaba a las afueras de su domicilio, a torso desnudo, descalzo, en malas condiciones de salud, quejándose en el suelo desde la madrugada.

La persona pidió a los efectivos policiales que se llevaran al hombre del lugar ya desde el SAMU informaron que el procedimiento debía ser atendido por Carabineros.

El fallo indica que los uniformados trasladaron al sujeto hasta un sitio eriazo ubicado a un costado del Servicio Médico Legal de Calama.

De acuerdo al relato de un testigo protegido, desde ese lugar se escucharon “improperios y sonidos de golpes acompañados de quejidos proferidos por un hombre”.

“En el sitio eriazo se encontraba estacionado un vehículo policial tipo corporativo de Carabineros de los llamados retenes móviles, donde logró divisar a un carabinero, golpeando con un bidón plástico a la víctima, situación de la cual se percata el personal de Carabineros involucrado, quienes seguida e inmediatamente dejaron al sujeto acostado en dicho sector, el cual se encontraba en mal estado de salud evidente, toda vez que ni siquiera se podía poner de pie, pudiendo enmarcar estos actos dentro de los tratos crueles, inhumanos y degradantes, sumado a su deplorable estado físico, donde los funcionarios involucrados no le brindaron el auxilio adecuado a la víctima”, sostiene el fallo.

El testigo protegido indicó que los policías se acercan a conversar con él y le relataron que habían sorprendido robando al sujeto que dejaron abandonado en el sitio eriazo.

Testigo protegido llamó a la PDI

“El testigo protegido N°1 procedió a llamar a Policía de Investigaciones de Chile, informando la situación, por lo que funcionarios de turno acudieron al sector a eso de las 14.15 horas, encontrando a un sujeto a torso desnudo tendido en el piso a un costado de la pandereta del Servicio Médico Legal y se comunicaron con el SAMU, quienes arribaron a eso de las 15.00 horas aproximadamente donde constataron el deceso de la víctima”.

El informe de autopsia estableció que la víctima, un ciudadano boliviano de 23 años de edad, identificado con las iniciales J.V.S., falleció producto de una falla multiorgánica, síndrome de distrés respiratorio agudo (SDRA), secundario a neumonía por coronavirus.

El tribunal aplicó, además, a los dos sentenciados las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.

En cuanto a la acción civil, se acogió la demanda de la madre de la víctima y se condenó a los carabineros pagar cada uno la suma de $10.000.000 por concepto de daño moral causado a los actores civiles con ocasión de los apremios ilegítimos de que fue objeto su hijo.