Tras aprobación de ley en la Cámara: ¿Quiénes podrán llevar celular al colegio y para qué podrán usarlo?

Celulares colegio
Proyecto de ley prohíbe el uso de celulares en la educación parvularia y básica.

Aunque todavía debe ser aprobada por el Senado para convertirse en ley, la legislación que salió de la Cámara busca evitar que los alumnos de niveles básicos lleven aparatos electrónicos a los establecimientos educacionales, además de regular su uso en los estudiantes de niveles mayores.


Esta jornada, la Cámara de Diputados aprobó en particular una iniciativa que prohíbe el uso de teléfonos celulares al interior de recintos educacionales para menores que asisten a educación parvularia y para aquellos que cursen entre 1° a 6° año de enseñanza básica. Asimismo, plantea un “uso adecuado y gradual” para los estudiantes de 7° y 8° básico, al igual que para aquellos de enseñanza media.

La iniciativa -que modifica la Ley 20.370 General de Educación- fue remitida al Senado para su segundo trámite legislativo.

El texto fue aprobadp en general por la Sala de la Cámara el pasado 30 de julio, tras lo cual se presentaron en la Comisión de Educación una serie de indicaciones, incluyendo una de Renovación Nacional que buscaba prohibir -y no solo regular como señalaba el texto original- el uso de celulares por parte de los estudiantes de enseñanza parvularia y básica.

¿Se prohíbe el celular a todo evento?

El texto que salió de la Cámara Baja prohíbe el uso de medios tecnológicos de telefonía móvil en el nivel parvulario de enseñanza y desde 1° a 6° básico. Sin embargo, se permite un uso de carácter excepcional en la medida que sea estrictamente requerido en una actividad curricular o extracurricular.

El texto destaca que en ambos niveles educativos -parvularia y básica- los reglamentos de los recintos educacionales deberán disponer las medidas para materializar esta prohibición.

Sin embargo, se mantuvieron ciertas excepciones para el uso de los dispositivos, como cuando un alumno posee necesidades educativas especiales donde el uso de estos medios tecnológicos se considera como una ayuda técnica para su aprendizaje.

A su vez, una situación de emergencia o desastre; o que el alumno presente una enfermedad o condición de salud que requiera monitoreo a través de celulares.

Reglamentos de los establecimientos

Con la finalidad de contribuir eficazmente al cumplimiento de los objetivos generales del nivel de 7° básico a 4° medio, el proyecto indica que los reglamentos de los establecimientos educativos deberán disponer de medidas para regular un uso adecuado de estos medios tecnológicos de telefonía móvil. Se añade que, en este nivel educativo, el uso adecuado de los celulares podrá ser gradualmente autorizado.

Además, las escuelas, colegios y liceos deberán crear instancias de participación formativa. con el objeto de fomentar el correcto uso de medios tecnológicos de telefonía móvil, y para la prevención de delitos que se realicen por intermedio de estos.

Por otra parte, se agrega que los colegios velarán por abordar los riesgos y perjuicios que supone la integración de la tecnología al proceso formativo. Además, asumirán los aspectos positivos que reporta para el avance lectivo, cognitivo y psicosocial de niños, adolescentes y estudiantes en general.

La indicación de RN

El texto presentado por legisladores RN y que, tras ser aprobado en la Comisión de Educación, se visó esta tarde además en la Sala de la Cámara incluye el principio del uso responsable de medios tecnológicos en el proceso formativo, así como la definición de dispositivos tecnológicos con implicancias en este mismo proceso.

Además de prohibir el uso de celulares en el nivel parvulario y en los alumnos de primero a sexto básico, se define el uso regulado de estos elementos entre los estudiantes de séptimo básico a cuarto medio.

Agrega la necesidad de realizar instancias de educación sobre el uso de tecnología en estudiantes, además de dar un plazo de seis meses para que establecimientos educacionales modifiquen reglamentos internos para aplicar estas medidas.

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