El Tribunal de Garantía de Temuco rechazó esta tarde un recurso de amparo presentado en contra de Gendarmería por ocho comuneros del módulo indígena del Centro de Cumplimiento Penitenciario de esa ciudad, luego de que personal de la institución realizara un allanamiento sorpresa, en el que, según acusan los recurrentes, gendarmes incurrieron en “excesos” al romper artículos personales de los reos en un procedimiento en el que, además, se habrían perdido algunas pertenencias de los internos.

Sin embargo, el juez Alfredo Cox consideró que los allanamientos son parte de las atribuciones que tiene Gendarmería, y que al haberse encontrado elementos prohibidos en el procedimiento, “no es un tema que debe ser ha analizado a través de la cautelar de amparo de garantías”.

Todo se originó en horas de la mañana del 29 de diciembre pasado, cuando Gendarmería realizó un operativo de búsqueda de elementos prohibidos. Un grupo de gendarmes ingresó sin previo aviso al módulo 1 y dormitorio 1 de comuneros indígenas y, según acusan los internos, en su accionar destruyeran muebles, máquinas de afeitar, lentes ópticos, alimentos y medicina tradicional, además de denunciar la pérdida de dinero en efectivo y una lámina de plata para la realización de joyería artesanal.

El abogado defensor penal mapuche Humberto Serri, manifestó la necesidad de respetar la dignidad de las personas, aunque estén privadas de libertad, tomando en consideración el derecho internacional, el cual, afirma, debe ser respetado al momento de realizar un procedimiento de allanamiento.

“En definitiva su señoría, una serie de excesos en la forma de desarrollar un allanamiento”, señaló el abogado Serri, quien solicitó que el tribunal revisara las fotografías que muestran el estado en que quedó el módulo allanado y que se acogiera el amparo, ya que, aunque indicó que no discuten la realización del allanamiento, “es totalmente desproporcionado y atentatorio contra los derechos fundamentales de nuestros defendidos”.

Entre los comuneros que presentaron el recurso se encuentran los hermanos Matías Ancalaf Prado y Matías Ancalaf Prado, ambos acusados por la muerte del sargento Francisco Benavidez en una emboscada el 24 de mayo de 2021. Asimismo, se incluye a Luís Kalfulikán Tranamil Nahuel, acusado por la muerte del cabo Eugenio Naín ocurrido en Padre las Casas.

Como réplica, la defensa de Gendarmería presentó dos videos de cámaras GoPro adosada a los cascos de los funcionarios y se dio cuenta al tribunal que en el allanamiento se encontraron seis cargadores, cinco aparatos de telefonía celular y una balanza. entre otras especies. Además de denunciar agresiones verbales y amenazas a los funcionarios.

En este contexto, el juez Cox sostuvo en su fallo que “la existencia del allanamiento y el resultado del mismo, lo que dice relación con el hallazgo de elemento prohibidos, no resulta cuestionable a juicio de este tribunal y por lo tanto no es un tema que debe ser analizado a través de la cautelar de amparo de garantías. Más si no ha sido cuestionado el hallazgo de elementos prohibidos en el módulo que era ocupado por los comuneros”.

Sin embargo, el magistrado destacó que “lo único que se debe ser analizado, desde mi punto de vista, al contenido del amparo deducido, es que resulta atribuible a Gendarmería de Chile esta conducta de lanzar al piso en este allanamiento comida y remedios propio de la cosmovisión de los comuneros que morán en dicho modelo y de manera consecuente establecer que esa conducta genera una vulneración de derechos y garantías qué debe ser amparado por este tribunal, el día de hoy”.

En paralelo al proceso judicial, Gendarmería abrió una investigación contra los comuneros por los elementos prohibidos hallados en el módulo y podrían ser sancionados con el régimen de visitas.