A las 13.32 comenzó en el Juzgado de Garantía de Traiguén el control de detención de un funcionario del Poder Judicial de La Araucanía, detenido en su domicilio luego de que se le encontrara armas de grueso calibre, munición de guerra y explosivos.
El sujeto, identificado como Juan Pablo Pirce Valenzuela (39 años), quien se desempeñaba como parte del personal administrativo del Segundo Juzgado de Garantía de Traiguén, fue aprehendido en medio de un procedimiento del OS7 de Carabineros en torno a la búsqueda de plantaciones de marihuana.
Según antecedentes de la indagatoria, dentro de la casa se encontró en primera instancia un revólver calibre 38 con el número de serie borrado. Además, en un operativo que se extendió toda la noche, se le encontró un fusil, un rifle, dos pistolas, explosivos, un niple artesanal con clavos en su interior, un subfusil, 120 cartuchos 7.62 (munición de guerra) y más de 100 tipos de municiones de distinto calibre.
En la audiencia, los abogados defensores Valentín Vergara e Iván Leiva pidieron declarar ilegal la detención debido a que “no hay flagrancia”. Los profesionales argumentaron que el procedimiento buscaba 50 plantas de marihuana, que no fueron halladas y solo se encontraron dos gramos de cannabis sativa. “No se pidió la autorización para la búsqueda de armas y otros delitos (...). Se está obteniendo una prueba de forma ilegal”, dijo Vergara.
Por su parte, el fiscal Enrique Vásquez rechazó la hipótesis de la defensa y arguyó que “como pocas veces ha quedado tanto registro y tan patente la autorización de entrada y registro judicial”.
Finalmente, la magistrada Sandra Nahuelcura Villamán declaró legal la detención, señalando que aquí “nos encontramos claramente con una hipótesis de flagrancia”. Además, agregó que “Carabineros está facultado, y obligado, a actuar a fin de conservar todas estas estas especies que fueron halladas”. Junto a ello, declaró la detención legal.
Formalización
Una vez declarada legal la detención, la Fiscalía Regional de la Araucanía formalizó al detenido por infracción a Ley de Control Armas -por tenencia ilegal de municiones, armas y artefactos explosivos- y pidió su prisión preventiva.
“Todas las especies que mantenía el imputado, para aquellas no tenía autorización de la autoridad competente para su mantención. La Fiscalía estima que los hechos son constitutivos de los siguientes delitos: artículo noveno, inciso primero y artículo noveno, inciso segundo de la Ley N° 17.798, en orden a la tenencia ilegal de armas de fuego de municiones; artículo 3, inciso primero, de la tenencia ilegal de arma prohibida, aquellas que tienen carácter de semiautomático y automático, además de carácter bélico; y del 3, inciso segundo, toda vez que mantenía artefactos explosivos. Además, del ilícito cuarto de la Ley N° 20.000″, detalló el Ministerio Público.
En esa línea, se agregó que “se le atribuye al imputado calidad de autor y el delito se encuentra en calidad de consumado”.
En cuanto a la solicitud de la medida cautelar, el persecutor argumentó que “por los hechos investigados y la participación del imputado, necesariamente su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”.
El abogado defensor Valentín Vergara señaló que parte del armamento incautado fue encontrado en casas de vecinos. Sin embargo, el fiscal señaló que éstos habrían sido arrojados por el imputado momentos previos a que la policía hiciera ingreso al domicilio.
Tribunal decreta prisión preventiva
La jueza Nahuelcura determinó, finalmente, acoger la petición del Ministerio Público y decretó la prisión preventiva para el imputado.
“Haciendo uso de las palabras del querellante, nos encontramos frente a un arsenal bélico y ese es un factor que no puede ser desconocido por el tribunal”, señaló la magistrada.
Agregando que “lejos de considerar que el hecho de ser funcionario público debería favorecerlo en este caso para excluirlo de una medida cautelar como la pedida por el Ministerio Público, quien habla estima que ese solo hecho ya se constituye en un elemento que reviste especial gravedad. Se trata de una persona que cumple labores al interior del Poder Judicial, según se ha referido la propia defensa, haciendo referencia a su intachable conducta, pero lo cierto es que con mayor razón se debe exigir de quien detenta un cargo o una función pública una conducta que sea adecuada y conforme a derecho”.
Por lo tanto, continuó: “Estimado que nos encontramos frente a ilícitos graves, la eventual forma de cumplimiento de la pena que se imponga; considerando el carácter o naturaleza de los hechos que se le imputan al detenido; estimando, en consecuencia, que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad (...), la decisión de este tribunal es acoger la petición del Ministerio Público y querellante y, en consecuencia, decretar la prisión preventiva del imputado”.
Además, se determinó un plazo de tres meses para la investigación.