Tribunal electoral condena a Cathy Barriga por faltas a la probidad y notable abandono de deberes

Ante dos requerimientos, de concejales de Maipú de la anterior y actual administración, el tribunal falló en primera instancia de forma unánime e impone la pena de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años. Si la defensa de la exjefa comunal apela, ambos casos se elevarán hasta el Tricel, el que tendrá la última palabra.
El Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana -integrado por el ministro Guillermo de la Barra y los abogados Patricio Rosende y Luis Hernández- falló de forma unánime en contra de la exalcaldesa de Maipú Cathy Barriga en el marco de requerimientos ingresados por concejales de la anterior y de la actual administración de esa comuna.
“Se declara que la exalcaldesa de esa comuna queda inhabilitada para ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años, contado desde que la presente sentencia quede firme, por haber incurrido en acciones y omisiones que afectan la probidad administrativa e implican un notable abandono de deberes”, se lee en las dos sentencias que fueron despachadas durante la noche de este martes.
El primero de los requerimientos fue ingresado en 2021 por Marcela Silva Nieto, Gonzalo Ponce Bórquez, Ariel Ramos Stocker, Abraham Donoso Morales, Erto Pantoja Gutiérrez y Pedro Delgadillo Castillo, quienes ejercieron como concejales de Maipú durante la administración de Barriga. Ese mismo año, otro grupo de ediles, que ejercieron durante el primer período de Tomás Vodanovic, ingresaron una solicitud similar ante el Primer Tribunal Electoral: se trata de Ka Quiroz Viveros, Bladymir Muñoz Acevedo, Elizabeth González Muñoz, Felipe Farías López, Carolina Silva Nieto, Gonzalo Ponce Bórquez y Alejandra Salinas Inostroza.
Así, hace más de tres años que Barriga está enfrentando a la justicia electoral. Todo esto en paralelo a la causa penal que lleva la Fiscalía Oriente en su contra. En esa sede, el Ministerio Público la formalizó por delitos de fraude al Fisco, ilícitos por los cuales está cumpliendo prisión preventiva.
El primero de los requerimientos-que fue alegado por el abogado Sebastián Winter en octubre del año pasado en representación de los concejales requirentes- reprochaba una serie de faltas administrativas a la exjefa comunal. Como por ejemplo una serie de gastos irregulares como los que se realizaron para Maipeluza, la compra de collares Swarovski, paraguas amarillos institucionales, cajas de terciopelo, peluches, un viaje para ir a ver la obra ballet La Cenicienta a Mendoza, en Argentina, entre otros.

A eso se suman algunos hechos objetados en un informe de Contraloría en que, según la parte requirente, “las unidades del municipio que eran puestos de confianza, como Secpla, lograron en virtud de la atribución de funciones que la exalcaldesa les confirió evadir los controles financieros legales internos”.
La sentencia confirma los cargos imputados a Barriga. “Atendida la gran cantidad de actividades desplegadas por Barriga destinadas a publicitar su nombre e imagen, estos sentenciadores no pueden sino concluir que la verdadera intención tras su actuar no consistía en dar a conocer a la comunidad el cumplimiento de sus funciones o en informar a los usuarios acerca de la forma de acceder a las prestaciones que otorga el ente municipal, sino que, por el contrario, promocionar con exageración su nombre e imagen con un fin personal ajeno al quehacer municipal, el que se efectuó con tozudez y contumacia, pese a las advertencias formuladas por el Ente Contralor”, se lee en la sentencia.
El tribunal además da por acreditado el cargo que tiene que ver con “graves faltas a la probidad por la alteración de funciones de administración financiera comunal”. Esto último lo califica como especialmente grave: “La gravedad de lo expuesto resulta evidente, especialmente, si se considera que esta redefinición de funciones se realizó en un ámbito particularmente sensible de la gestión municipal como lo es el presupuestario”.
La sentencia agrega que ese punto “revela en concepto de este tribunal una vulneración sustantiva al principio democrático de generación de la voluntad del órgano municipal”.
En este mismo tenor, los integrantes del Primer Tribunal Electoral acogieron el segundo recurso presentado por los concejales de la administración de Tomás Vodanovic.
Ambos corresponden a fallos de primera instancia y, si la defensa de Barriga apela, el asunto será elevado al Tricel. Este será el órgano que tendrá la última palabra.
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