Tribunal condena a Eduardo Macaya a seis años de presidio efectivo
Fiscalía pedía 12 años de cárcel para el empresario.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando procedió este viernes a la lectura de sentencia del juicio contra Eduardo Macaya.
El 10 de julio, el tribunal dictó veredicto condenatorio en contra del empresario vinícola, en calidad de autor de cuatro delitos de abuso sexual de persona menor de 14 años.
De acuerdo a la sentencia, Macaya deberá enfrentar una pena de seis años de presidio efectivo.
“Nos parece que es una pena baja, atendida la gravedad de los delitos, porque para nuestra sociedad la protección de los niños debe ser una alta prioridad y creemos que el mensaje a la sociedad debe ser que quienes cometan estos delitos van a tener una pena alta. Lo que sí tenemos que destacar, que al ser una pena que supera los cinco años, es una pena que en términos legales se denomina pena de crimen, no tiene ningún beneficio, por lo tanto, es de cumplimiento efectivo”, planteó el abogado Hernán Fernández, querellante de una de las víctimas.
La Fiscalía de Alta Complejidad de O’Higgins en su acusación solicitó imponer una pena de 12 años de cárcel para el condenado y había mantenido su pretensión punitiva tras la condena, pese a que el empresario fue absuelto respecto a dos de los cuatro hechos imputados.
La audiencia se realizó en modalidad mixta, presencial y remota. Así, al igual que la mayor parte de los intervinientes, incluso el Ministerio Público, Eduardo Macaya, padre del senador y presidente de la Unión Demócrata Independiente (UDI) Javier Macaya, no estuvo presente en el tribunal para la lectura de sentencia.
En su resolución unánime, el tribunal –integrado por la magistrada Marisol López Machuca (presidenta) y el juez José Antonio Ruiz Stanke (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que Macaya cometió dos de los ilícitos en contra una víctima cuando tenía 8 o 9 años en una fecha indeterminada y los otros dos delitos en contra de una segunda víctima entre abril y mayo de 2023.
El tribunal, además, le impuso al sentenciado las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Se fijó prisión preventiva
Finalizada la audiencia, el fiscal jefe de la Fiscalía de Alta Complejidad de O’Higgins, Carlos Fuentes, indicó que al ser comunicada la sentencia se consiguió que se decrete la prisión preventiva y se solicitó y “fue decretada una orden de detención para asegurar la ejecución de esa prisión preventiva”.
Los magistrados decretaron la prisión preventiva del condenado por peligro de fuga, sin la fijación de una caución.
Maurizio Sovino, director de la Unidad de Delitos Sexuales de la Fiscalía Nacional, por su parte, resaltó “el serio trabajo realizado por la Fiscalía Regional de O’Higgins en este caso en concreto”.
“Continuaremos dando apoyo a estos casos y procurando un correcto acceso a justicia de estas víctimas”, señaló.
El veredicto condenatorio
En una resolución unánime que se conoció el 10 de julio , el tribunal –integrado por la magistrada Marisol López Machuca y el juez José Antonio Ruiz Stanke– condenó a Eduardo Juan Macaya Zentilli como autor de dos delitos consumados de abuso sexual de una persona menor de 14 años cometido en contra de una de las víctimas en fecha indeterminada, pero en un mismo día en la comuna de Placilla. Se trata de ilícitos correspondientes al hecho 1 de la acusación del Ministerio Público.
Respecto del hecho 4 de la acusación de la Fiscalía de Alta Complejidad de O’Higgins, el tribunal condenó a Macaya Zentilli como autor ejecutor de dos delitos consumados de abuso sexual de una persona menor de 14 años en contra de una de las víctimas, el que fue cometido entre abril y mayo de 2022, y en un día indeterminado en abril y mayo de 2023.
En tanto, se dictó veredicto absolutorio de un delito de abuso sexual de una persona menor de 14 años en la comuna de Placilla desestimando la acusación del Ministerio Público correspondiente al hecho 2.
Respecto del hecho 3, el tribunal desestimó la acusación fiscal y Macaya Zentilli fue absuelto de dos delitos de abuso sexual de persona menor de 14 años, supuestamente cometidos en contra de una de las víctimas en fecha indeterminada entre junio y julio de 2022.
El tribunal tuvo presente para resolver “el conjunto de la prueba aportada durante el juicio, más la declaración prestada por el propio acusado. Todo lo que se valoró bajo los parámetros de la sana crítica, fue suficiente en los casos de los hechos 1 y 4 de la acusación para establecer de modo sustantivo y más allá de toda duda razonable los presupuestos fácticos planteados por los acusadores y con ello cada uno de los elementos de los delitos establecidos, más la autoría directa del encartado, derribando así la presunción de inocencia que le ampara, estándar que no se alcanzó respecto de las imputaciones por los hechos 2 y 3″.
El tribunal mantuvo las medidas cautelares de arresto domiciliario total, prohibición de acercarse a las víctimas y arraigo nacional y fijó la lectura de sentencia para este viernes.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.