Tribunal rechaza prisión preventiva para Martín Pradenas y decreta arresto domiciliario total en su contra

Captura de pantalla de Martín Pradenas Durr, imputado por violación contra Antonia Barra.

El Juzgado de Garantía de Temuco estimó que solo se logró acreditar la existencia de la violación hacia Antonia Barra, pero que los antecedentes entregados no permitían suponer la existencia de los otros delitos que fueron imputados ayer en la audiencia de formalización, por lo que desestimó tres de los cuatro cargos que pesaban contra Pradenas.


La mañana de este miércoles se dio a conocer la medida cautelar a la que quedó sujeto Martín Pradenas Durr, formalizado ayer por delitos de abuso sexual y de violación contra varias víctimas.

Una de las partes querellantes representa a Antonia Barra, quien se quitó la vida tras denunciar la violación por parte del imputado en su contra, hecho que habría ocurrido en Pucón en 2019.

Luego de varias horas de deliberación, el Juzgado de Garantía de Temuco determinó que finalmente se diera a conocer hoy la medida cautelar a la que quedará sujeto el imputado.

El tribunal estimó que se acreditó la violación de Pradenas hacia Barra, pero determinó que no existen los antecedentes para que se configuren los otros delitos por los que está acusado el imputado en esta etapa procesal, como el de abuso sexual hacia Antonia Barra, o la violación que denuncia F.V.M.O.

Finalmente el magistrado Federico Gutiérrez rechazó la solicitud de prisión preventiva realizada por el Ministerio Público contra Pradenas, y decretó la medida de arresto domiciliario total, prohibición de acercarse a las víctimas y prohibición de abandonar el país en su contra.

Además decretó un plazo de investigación de 120 días antes de la preparación del juicio oral contra el acusado.

Fiscalía apelará

Luego que se diera a conocer la resolución del tribunal, el fiscal Miguel Rojas afirmó que apelarán la decisión.

“Se trata de una resolución preliminar, que no se encuentra firme, y además es una resolución que, sus fundamentos, no los compartimos en absoluto por cuanto deja de analizar y no valora ciertos elementos que son relevantes a la hora de determinar la existencia de cada uno de los delitos”, afirmó el persecutor.

Rojas sostuvo que la solicitud de prisión preventiva se sostenía “no solamente por el número de delitos, sino que por el carácter de los mismos. La manera sistemática y reiterada en que el imputado cometió estos delitos, procurando favorecer su consumación aprovechándose de situaciones en que las víctimas se encontraban incapacitadas para oponerse”.

“La Fiscalía siempre va a estar con las víctimas, dándoles apoyo, brindándoles la protección, y bajo esa perspectiva entendemos que la resolución a través de la cual se ha pronunciado el tribunal de garantía de Temuco, que no ha dado lugar a la medida cautelar de prisión preventiva, es una decisión que no compartimos, por lo cual vamos a ejercer nuestro derecho y vamos a presentar el recurso de apelación respectivo”, finalizó Rojas.

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